REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CÓRDOBA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. SANTA ANA, PRIMERO (01) DE DICIEMBRE DEL DOS MIL CUATRO.
194° Y 145°
Visto el acuerdo al cual llegaron los Ciudadanos GERSON GREGORIO NIÑO SAYAGO y MERLY ROCIO CAÑAS HERNANDEZ, a favor de la niña GREISY ROCIBEL NIÑO CAÑAS,. Este Tribunal HOMOLOGA dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acordado: PRIMERO: Se fijó la suma de SESENTA MIL BOLIVARES (BS. 60.000,009 mensual por pensión de alimentos. SEGUNDO: El obligado se comprometió a cubrir los gastos de útiles escolares y parte de uniformes y la madre el resto de los uniformes. TERCERO: Para el mes de diciembre se fijo como único cuota la suma de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (BS. 200.000). CUARTO: Con respecto a los gastos médicos, cuando sea necesario las partes se comprometieron a cubrir en partes iguales los mismo. QUINTO: El padre se comprometió aportar en el transcurso del año ropa y útiles personales a su hija de forma voluntaria, así como también que mantendrá el seguro de hospitalización que disfruta su hija. CUMPLASE.-
LA JUEZ PROVISORIO,
ABG. ROSARIO ELENA DUQUE
LA SECRETARIA,
ABG. CLAUDIA L., SIERRA J.