REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 17 de Diciembre de 2004
194° y 145°

Causa Nº 3C6182-01

PARTES:
Fiscal: Eddi Gilberto Rosales Sannazzaro, Fiscal Primero del Ministerio Público del Estado Miranda.
Investigado: ACOSTA DOMINGUEZ JAVIER ANGEL, PORTADOR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° 14.851.131
Defensa: Mirna Yépez (Unidad de Defensa Pública Penal).


Visto el escrito presentado por la Dra. Raquel Morillo Linares, en su carácter de Defensora del investigado ACOSTA DOMINGUEZ JAVIER ANGEL, mediante el cual solicita, de conformidad con lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Pena, se fije un lapso prudencial al Fiscal del Ministerio Público del Estado Miranda para que culmine la investigación y presente acto conclusivo, y realizada el día de hoy la audiencia a que se contrae la referida disposición adjetiva, este Tribunal observa:

(OMITIDO)

este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 313 eiusdem y artículo 26 constitucional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, fija un lapso de cuarenta y cinco (45) días para que el Fiscal del Ministerio Público del Estado Miranda concluya la investigación.
Se declara con lugar la solicitud interpuesta por la Defensa.
Regístrese. Déjese copia. Quedaron notificadas las partes del dispositivo dictado en Audiencia.
LA JUEZ

LIESKA DANIELA FORNES DIAZ
EL SECRETARIO

Elizabeth Atallah Gesser