REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES
Los Teques, 22 de Diciembre de 2004
194º y 145º
CAUSA Nº 3C35197-04
JUEZ: LIESKA DANIELA FORNES DIAZ, Juez de Primera Instancia en funciones de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques.
SECRETARIA: ELIZABETH ATALLAH GESSER, Secretario adscrito a este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución.
IDENTIFICACION DE LAS PARTES:
INVESTIGADO: REVETTE CARRILLO ALEJANDRO RAUL, portador de la cédula de identidad N° 11.821.737.
FISCAL: YOSELINA FERNANDEZ LOPEZ, Fiscal Segundo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
DEFENSA: NANCY RODRIGUEZ, adscrita a la Unidad de Defensa Pública Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques.
DELITO: Posesión de sustancias estupefacientes, previsto en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
Solicita la Dra. NANCY RODRIGUEZ, adscrita a la Unidad de Defensa Pública Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, en su carácter de defensora del ciudadano REVETTE CARRILLO ALEJANDRO RAUL, portador de la cédula de identidad N° 11.821.737, el cese de las presentaciones que realiza ante este Despacho, las cuales se encuentran fijadas cada treinta (30) días mediante decisión dictada en fecha 13 de junio de 2004.
(omitido)
PARTE DISPOSITIVA
Por lo antes expuestos, este Juez de Primera Instancia Penal en función de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, procediendo de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 256.3 eiusdem, DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por la defensa del investigado REVETTE CARRILLO ALEJANDRO RAUL, portador de la cédula de identidad N° 11.821.737, modifica la decisión dictada en fecha 13 de junio de 2004 en cuanto a la obligación de presentarse cada treinta (30) días, y acuerda el cese de las presentaciones que realizaba ante este órgano jurisdiccional.-
Hágase la anotación correspondiente en el Libro de Presentaciones de este Despacho. Regístrese, publíquese y notifíquese.
EL JUEZ,
LIESKA DANIELA FORNES DIAZ
LA SECRETARIA,
ELIZABETH ATALLAH GESSER
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA