REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES

Los Teques, 16 diciembre 2004
194° y 145°

CAUSA NRO 3E-2214-00
JUEZ: JULIAN GREGORIO HURTADO LOZANO
SECRETARIO: EDUARDO SANCHEZ

Vista la solicitud efectuada por la profesional del derecho abogada CYNDIA GONZALEZ ESPINOZA, actuando en este acto como Defensora Pública del ciudadano PINTO PARUTA JACKSON WLADIMIR, Titular de la Cedula de Identidad Nro V- 15.208.258 penado en la causa signada con el Nro. 3E-2214/00, mediante el cual solicita se le gestiones un PERMISO ESPECIAL a fin de que su defendido pueda permanecer los días 24 y 31 de diciembre del año dos mil cuatro, (2004).-
Este Tribunal para decidir, observa:
Revisadas como han sido las presente actuaciones evidenciándose que efectivamente el ciudadano PINTO PARUTA JACKSON WLADIMIR, Titular de la Cedula de Identidad Nro V- 15.208.258 penado en la causa signada con el Nro. 3E-2214/00, ha mantenido un comportamiento ejemplar tal como se observa en el informe periódico conductual inserta desde el folio Nro ocho (8) al folio diez (10) del presenta expediente, y suscrita por la Lic. Auristela García de Ávila en su carácter Coordinadora Regional de la zona seis (6) Regional Capital, motivo este que esta Instancia ha tomado en cuenta para otorgamiento dicho permiso, y en virtud de que el prenombrado penado se encuentra pernotando en el INTERNADO JUDICIAL DE LOS TEQUES, ESTADO MIRANDA, por lo que este Juzgado considera que lo procedente y ajustado a derecho es declarar cono lugar lo peticionado por la defensora y AUTORIZAR a dicho penado a que permanezca en casa de sus padres los días 24 y 31 de diciembre del presente año, de conformidad a lo establecido en los artículos 2 y 7 de la Ley del Régimen Penitenciario en relación con el principio de progresividad consagrado en el Artículo 61 ejusdem, debiendo retornar el día 02 de enero del dos mil cinco. ASI SE DECLARA.-



DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Declara CON LUGAR el pedimento formulado por la profesional del derecho abogada. CYNDIA GONZALEZ ESPINOZA, en el carácter de defensora del ciudadano PINTO PARUTA JACKSON WLADIMIR, Titular de la Cedula de Identidad Nro V- 15.208.258 penado en la causa signada con el Nro. 3E-2214/00, mediante el cual solicita PERMISO ESPECIAL NAVIDEÑO en tal sentido, ORDENA expedir Autorización al Internado Judicial de Los Teques, del Estado Miranda.

Regístrese, Publíquese, notifíquese a la defensa déjese Copia. CUMPLASE.
EL JUEZ,
JULIAN GREGORIO HURETADO LOZANO

EL SECRETARIO,
EDUARDO SANCHEZ

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.

EL SECRETARIO,
EDUARDO SANCHEZ
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JGHL/ES/msj
Causa No. 3E-2214/03