REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy, 07de Diciembre de Dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : MP21-P-2004-002392
ACTA DE AUDIENCIA ORAL
JUEZ PRIMERO DE CONTROL: CARLOS E. BOLIVAR FUNES
FISCAL 7° AUX : Dr. JESUS ANTONIO GUTIERREZ
IMPUTADO: JOSE FELIX DE LA ROSA CORDOVA
DEFENSA PUBLICA: YANET SANTANA
SECRETARIA: ABG. NACARIS MARRERO
En el día de hoy, 07 de Diciembre de 2004, siendo las 2:50 hora fijada para que tenga lugar Audiencia Oral dada por este Tribunal Primero de Control, en el caso que se sigue contra del investigado JOSE FELIX DE LA ROSA CORDOVA, por la presunta comisión de uno de los delitos contra la PROPIEDAD El Juez CARLOS BOLIVAR FUNES, dio inicio a la misma requiriendo de la secretaria la verificación de la presencia de las partes y le informó que se encuentran todas las partes presentes. Seguidamente cedió la palabra al Fiscal quien narró los hechos que dieron lugar a la presentación del imputado ante el Tribunal y precalifico los hechos como el delito de HURTO CALIFICADO previsto y sancionado en el articulo 455 del Código Penal y solicito la imposición de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad conforme al articulo 256 ordinales 3°, 5°, 8° del Código Orgánico Procesal Penal y la aplicación del procedimiento ordinario, todo lo cual fundamentó en su exposición verbal. Culminada la exposición del Ministerio Fiscal. EL Juez le leyó al imputado sus derechos procesales, y asimismo le impuso de la imputación fiscal y del Precepto Constitucional establecido en el ordinal 5° del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y del contenido del artículo 130 y 131 del Código Orgánico Procesal penal. El imputado manifestó su deseo de No Declarar y facilitó al Tribunal sus datos de identificación personal de la siguiente manera: Nombre y Apellidos: JOSE FELIX DE LA ROSA CORDOVA, de Nacionalidad Venezolana, residenciado en la Calle la Antena, casa sin numero sector el Rangel, Ocumare del Tuy Estado Miranda, nacido en fecha 01-05-76, edad 28 años, de profesión u oficio, de Estado Civil soltero y titular de la Cédula de Identidad Indocumentado, no se acuerda el número , de Padres: EUGENIA CORDOVA (v) y FLORENCI O DE LA ROSA (f). Quien expone: No tengo nada que declarar. es todo. Seguidamente el Juez cedió la palabra a la Defensa Publica, representada por la Dra. Yanet Santana quien narro brevemente sus alegatos manifestando: solicito la Libertad Plena de mi defendido en cuanto a las medidas sustitutiva del 256 ordinales 2° y 3°, es todo. Oídas las partes, el juez anunció que procede a dictar pronunciamiento en los siguientes términos: Este Tribunal considera procedente que se continúen la investigaciones por los tramites del procedimiento ordinario por cuanto estima que aun existen actuaciones que practicar para el esclarecimiento de los hechos, todo de conformidad con lo establecido en el artículos 373 Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el articulo 283 ejusdem; y Decreta la LIBERTAD PLENA. ASI SE DECIDE
DISPOSITIVA
Este Tribunal Primero de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley Acuerda Primero: Continuar la presente investigación por los tramites del procedimiento ordinario todo de conformidad con lo establecido en los artículos 373 Código Orgánico Procesal Pena en concordancia con el articulo 283 ejusdem. Segundo: Imponer al ciudadano: JOSE FELIX DE LA ROSA CORDOVA, de Nacionalidad Venezolana, residenciado en la Calle la Antena, casa sin numero sector el Rangel, Ocumare del Tuy Estado Miranda, nacido en fecha 01-05-76, edad 28 años, de profesión u oficio, de Estado Civil soltero y titular de la Cédula de Identidad Indocumentado, no se acuerda el número , de Padres: EUGENIA CORDOVA (v) y FLORENCI O DE LA ROSA (f). y Este Tribunal considera procedente que se continúen la investigaciones por los tramites del procedimiento ordinario por cuanto estima que aun existen actuaciones que practicar para el esclarecimiento de los hechos, todo de conformidad con lo establecido en el artículos 373 Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el articulo 283 ejusdem; y Decreta la LIBERTAD PLENA,. Librese la correspondiente Boleta de Excarcelación. Remítanse las actuaciones a la fiscalía actuante en el lapso de Ley. Quedan notificadas las partes. Se declara cerrada la audiencia.
El Juez 1° de Control
CARLOS E. BOLIVAR FUNES
EL FISCAL
LA DEFENSA
EL IMPUTADO
LA SECRETARIA
ABG. NACARIS MARRERO