REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Oídas como han sido las partes este Tribunal Tercero de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley Acuerda Primero: Continuar la presente investigación por los tramites del procedimiento ordinario todo de conformidad con lo establecido en los artículos 373 Código Orgánico Procesal Pena en concordancia con el articulo 283 ejusdem. Segundo: Impone al imputado JAIME AGUSTIN TANDIOY MOJOMBOY, titular de la cédula de identidad Nº 22563068 que vive en CALLE LA FE, CASA N° 04, ADYACENTE A LA BODEGA DE TELAMA, LA LAGUNITA , SANTA TERESA DEL TUY.- y que es Obrero las medidas cautelares previstas en los numerales 2 y 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal consistentes en la presentación por ante la Oficina del Alguacilazgo cada ocho (08) días durante seis meses y la presentación de dos personas responsables las se encargarán de su cuidado y vigilancia debiéndo los mismos informar a este Tribunal sobre su conducta y actividades cada treinta (30) días. Se ordena como centro de reclusión la Comisaría de origen hasta tanto de cumplimiento a la medida impuesta. Remítanse las actuaciónes a la fiscalía actuante en la oportunidad legal correspondiente. Quedan notificadas las partes de conformidad con el articulo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Se declara cerrada la audiencia.

LA JUEZ TERCERO DE CONTROL
DRA. FLOR COLMENARES

EL FISCAL NOVENO DEL MINISTERIO PUBLICO
DR CARLOS RESTREPO

EL DEFENSOR PUBLICO
DR. LUIS ALFREDO PEREZ

EL IMPUTADO

La Secretaria
OGLA BOTTO

FC/OB