REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Este Tribunal Tercero de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley Acuerda Primero: Continuar la presente investigación por los tramites del procedimiento ordinario todo de conformidad con lo establecido en los artículos 373 Código Orgánico Procesal Pena en concordancia con el articulo 283 ejusdem. Segundo: Imponer al ciudadano JON DARWIN PARRA, titular de la cédula de identidad Nº 12301423 que vive en BARRIO MADOSA CALLE EL GAS CASA SIN NUMERO CHARALLAVE. y que es Obrero las medidas cautelares previstas en los numerales 3, 4 y 6 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, esto es la obligación de presentarse por ante la Oficina de Alguacilazgo cada ocho (08) días por seis meses, prohibición de salir del País y de la Jurisdicción del Tribunal y la prohibición expresa de acercarse a la víctima de autos, por la presunta comisión del delito de HURTO SIMPLE previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal . Asimismo se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la fiscalía actuante cumplidas las medidas cautelares y transcurrido el lapso para interponer los recursos. El Tribunal se reserva el lapso contenido en el articulo 177 del Código Orgánico Procesal Penal para la fundamentación de la decisión tomada en audiencia. Quedan notificadas las partes de conformidad con el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal Se ordena librar la correspondiente boleta de excarcelación. El Tribunal se reserva el lapso contenido en el articulo 177 del Código Orgánico Procesal Penal para la fundamentación de lo decidido en Sala. Quedan notificadas las partes de conformidad con el articulo 175 del Código Orgánico Procesal Penal . Se declara cerrada la audiencia.-

LA JUEZ TERCERO DE CONTROL
DRA. FLOR COLMENARES

EL FISCAL DECIMO SEXTO (A)DEL MINISTERIO PUBLICO DR.. SAMUEL FERREIRA

EL DEFENSOR PÚBLICO
DR. FRANCISCO CARLOMAGNO

EL IMPUTADO


LA SECRETARIA
Abg. OGLA BOTTO
FC/OB