REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal QUINTO de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy, 1 de Diciembre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : MP21-S-2003-001365
ASUNTO : MP21-S-2003-001365
Visto el escrito presentado por ante este Despacho por la Fiscalía Superior del Ministerio Público del Estado Miranda, en la cual le informa a este Tribunal que mediante acta de audiencia levantada a la Sra. NELLY HIDALGO, a lacual se le acordó junto a su hija LEYFER VALOA en fecha 25 de marzo del presente año, medida de protección que consiste en rondas constantes en la vivienda de las mencionadas ciudadanas y en el Liceo donde estudia la ciudadana LEYFER VALOA, en virtud del temor que tienen de ser agredidas nuevamente por el ciudadano JOSE GREGORIO RIOS ESCOBAR, la misma les señala que ha sido objeto de persecución y amenazas por parte del ciudadano anteriormente mencionado así mismo la ciudadana LEYFER VALOA, por lo que solicitan a este Juzgado que se mantenga la medida de protección acordada ya que la misma se realiza constantemente en su vivienda pero no así en el Liceo donde estudia la ciudadana LEYFER VALOA, pero no señalan la identificación y ubicación del Liceo, es por que quien aqui decide considera que lo Procedennte y Ajustado a Derecho es declarar CON LUGAR la solicitud realizada y conminar a la solicitante para que le proporcione al Tribunal los datos completos del Liceo donde estudia LEYFER VALOA a los fines de ampliar la medida de Protección hasta los predios del Liceo en cuestión. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA

Sobre la base de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funcion de Control del Circuito Judicial del Estado Miranda-Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud presentada por el Ministerio Público a favor de las ciudadanas LEYFER VALOA Y NELLY HIDALGO, en el sentido de que se mantenga vigente la medida de protección acordada en fecha 25 de marzo de 2004, la cual se viene cumpliendo sin contratiempo por parte de la IAMPEM, en cuanto a las rondas de protección en el Liceo donde estudia LEYFER VALOA, es necesario que se le facilite al Tribunal los datos del mismo, una vez cumplido este requisito se le oficiara a la IAPEM a los fines que den cumplimiento a la presente Decisión. Registrese, notifiquese y dejese copia.
LA JUEZ QUINTO DE CONTROL

DRA. ROSALBA MUÑOZ FIALLO