REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA JUEZ UNIPERSONAL N° 2
Guatire, 16 de DICIEMBRE del 2004
193° y 145°
Visto la anterior acta suscrita por ante la fiscalía 13 del Ministerio Público de esta circunscripción Judicial, por los ciudadanos NIEVES EDUARDO BORGES TORRES y LILIAN JOSEFINA LOROÑO, titulares de la cédulas de identidad Nro. 6.840.698 y 8.749.511 respectivamente, mediante la cual solicita la Homologación del Acta Convenio de REGIMEN DE VISITAS suscrita por los antes mencionados, en su carácter de padre y madre de los niños BORGES LOROÑO LUIS ALEJANDRO DE JESUS, CARLOS EDUARDO DE JESUS y DIEGO ALFONZO, se admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de Ley. Notifíquese al Fiscal 13 del ministerio Público. Asimismo visto el convenimiento efectuado entre los ciudadanos NIEVES EDUARDO BORGES TORRES y LILIAN JOSEFINA LOROÑO, este Tribunal le imparte su aprobación en los mismos términos y condiciones establecidos por las partes en consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA HOMOLOGAR dicho convenimiento en todas y cada una de sus partes conforme a lo establecido en el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Archívese el presente Expediente. Cúmplase.-
LA JUEZ
DRA. AIDA A. LEÓN DE OBADIA
LA SECRETARIA
ABG. JUDITH LOVERA PEDRON
Exp. N-° 04/5444
ALO/JLP/bjr.-
HOM. R.V.
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