REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, veintiocho (28) de enero de dos mil cuatro (2004).-
193° y 144°

En virtud de haber sido designada Juez Suplente Especial según oficio de fecha 09 de diciembre de 2003, TPE-03-2.275, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, la suscrita Jacqueline Vega Álvarez, se AVOCA al conocimiento de la presente causa. Visto el anterior escrito presentado por el ciudadano CESAR EDUARDO PIÑANGO PUPPO en su carácter de parte accionante, asistido por el profesional del derecho, abogado ALEJANDRO URDANETA AROCHA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.026, mediante el cual intima el pago de las Costas Procesales, por las actuaciones practicadas en el presente juicio, y solicita se le intimen las mismos a los ciudadanos HERMENEGILDO BENAVENT TALERO y ELENA ALAHE DE BENAVET, titulares de las cédulas de identidad No. V-12.073.198 y V- 5.072.236 respectivamente; éste Tribunal admite dicho escrito cuanto ha lugar en derecho y ordena librar boleta de intimación, a la parte demandada, con el objeto de notificarle que el ciudadano arriba identificado, estimo las costas procesales del juicio en la cantidad de DIECIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVAREZ (Bs.18.450.000,00) que corresponden al treinta por ciento (30%) del valor del capital demandado, en virtud de lo cual, los ciudadanos HERMENEGILDO BENAVENT TALERO Y ELENA ALAHE DE BENAVET, suficientemente identificados en autos deberán comparecer ante éste Tribunal dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a su intimación y que conste en autos dichas actuaciones procesales, en las horas comprendidas de las 08:30 a.m, a 01:30 p.m, destinadas para despachar., en la sede de este Juzgado ubicado en la Avenida Bermúdez cruce con Calle Arismendi Edificio Palacio de Justicia primer piso, a objeto de proceder o no conforme a la Ley de Abogados en lo que a derecho de retasa se refiere. Líbrese Boleta y agréguesele copia certificada del escrito presentado y del presente auto. En cuanto a la medida solicitada el Tribunal proveerá por auto y en cuaderno separado. Cúmplase.-

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


Dra. JACQUELINE VEGA ALVAREZ.
LA SECRETARIA,


ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA


En esta misma fecha faltan fotostatos para proveer boleta de intimación.-


LA SECRETARIA,


JVA/ICBC/jenifer
Expte No. 23186