REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, veintiocho (28) de enero de dos mil cuatro (2004).
193° y 144°
Vista la anterior demanda de proveniente del Juzgado Distribuidor y los recaudos que la acompañan, presentada por el CONDOMINIO DEL CONJUNTO RESIDENCIAL MONTECLARO LAGUNA, inscrito por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 18 de noviembre de 1988, bajo el N°02, tomo 53-A-Pro., por intermedio de su apoderada judicial, abogada YULA RANGEL AGUILERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°64.474. Por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho. Emplácese a la demandada F.V.I. FONDO DE VALORES INMOVILIARIOS, S.A. C.A., sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 12 de marzo de 1992, bajo el N° 77, Tomo 102-A Sgdo, en la persona de su apoderado judicial abogado LUIS ANDRES GUERRERO ROSALES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.521, para que comparezca ante este Tribunal, dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a su citación y que conste en autos dicha actuación procesal, a los fines de que de contestación a la demanda. Compúlsese el libelo de la demanda con su orden de comparecencia al pie, entréguese las mismas al Alguacil del Tribunal una vez que sean consignados los fotostátos requeridos para tal fin. En cuanto a la medida solicitada el Tribunal proveerá lo conducente por auto y en cuaderno separado. -
LA JUEZ SUPLENTE
JACQUELINE VEGAS ALVAREZ,
LA SECRETARIA
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
En esta misma fecha no se libro compulsa por falta de fotostatos.-
LA SECRETARIA
JVA/Jenifer*
Exp. No. 24034