REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, nueve (9) de enero del dos mil cuatro (2004).
193º y 144º
Por cuanto en fecha 02 de enero de 2004, la abogada ELSY MARIANA MADRIZ QUIROZ, se encargó como Juez Suplente Especial de este Despacho, se AVOCA al conocimiento de la presente causa todo de conformidad con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de lo cual se fija un término de diez (10) días de despacho para su reanudación, después de notificadas las partes. Asimismo, se fijan tres (03) días de despacho para que las partes ejerzan el derecho de recusación si lo creyeren conveniente, todo a tenor del artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, a objeto de la continuación de la causa en el presente juicio y por recibida la presente comisión procedente del Juzgado del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Caucagua, de fecha 31 de octubre de 2003, constantes de seis (6) folios útiles, este Tribunal ordena agregarlos a los autos, a los fines legales consiguientes.

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

ABOG. ELSY MARIANA MADRIZ QUIROZ.
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
EMMQ/nr
Exp Nº 11625







REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA-
LOS TEQUES.

Los Teques, 12 de enero de 2004.
193° y 144°

BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:

Al ciudadano JESÚS MARIA YANEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-1.996.830, parte demandante, y/o su apoderado judicial, que por auto de esta misma fecha me AVOQUE al conocimiento de la presente causa, haciendo especial mención que una vez conste en autos su notificación, empezará a correr el lapso de diez (10) días de despacho establecidos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, y que transcurrido dicho lapso empezará a transcurrir el lapso de tres (3) días de despacho mencionado en el artículo 90 eiusdem, a los fines de la continuación de la presente causa.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,



ABG. ELSY MARIANA MADRIZ QUIROZ


EMMQ/nr
EXP.N° 11625





















REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA-
LOS TEQUES.

Los Teques, 12 de enero de 2004.
193° y 144°

BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:

A la ciudadana MARIA INES FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-7.894.091, parte demandada, y/o su apoderado judicial, que por auto de esta misma fecha me AVOQUE al conocimiento de la presente causa, haciendo especial mención que una vez conste en autos su notificación, empezará a correr el lapso de diez (10) días de despacho establecidos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, y que transcurrido dicho lapso empezará a transcurrir el lapso de tres (3) días de despacho mencionado en el artículo 90 eiusdem, a los fines de la continuación de la presente causa.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,



ABG. ELSY MARIANA MADRIZ QUIROZ


EMMQ/nr
EXP.N° 11625
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, doce (12) de enero de dos mil cuatro (2003).-
193° Y 144°

Por cuanto de la revisión de las actas que conforman el presente expediente se evidencia que existe error en la foliatura, se ordena corregir la misma a partir del folio CIENTO CUARENTA Y NUEVE (149), todo de conformidad con lo establecido en el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil.-

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

ABG. ELSY MARIANA MADRIZ QUIROZ


EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-

EL SECRETARIO,


ABG. RICHARS MATA

EMMQ/nr
Exp. No.11625