REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, trece (13) de enero de dos mil cuatro.
193º y 144º
Por cuanto en fecha 02 de enero de 2004, la ABG. ELSY MARIANA MADRIZ QUIROZ, se encargó como Juez Suplente Especial de este Despacho, se AVOCA al conocimiento de la presente causa y consignados como han sido los fotostatos, certifíquense los mismos y librense las compulsas acordadas en el auto de admisión de fecha 26 de noviembre de 2003.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
EL SECRETARIO,
ABG. ELSY MARIANA MADRIZ QUIROZ.
ABG. RICHARS MATA.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA.
EMMQ/lisbeth
Exp Nº 13956
ABG. RICHARS MATA Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de su original que corre inserto en el Expediente signado bajo el Nº 13956, contentivo del juicio que por ACCION MERO DECLARATIVA, sigue ANA ISABEL CARIPE, contra LUIS EDUARDO DELGADO LUGO, DANIS MERCEDES DELGADO, EDGARDO EDUARDO DELGADO LUGO, LOURDES MARIA DELGADO LUGO, LUIS ANTONIO DELGADO LUGO Y NORA MARIA DELGADO LUGO. Los cuales fueron autorizados por el Juez de este Tribunal, por auto expresado que se inserta en las presentes actuaciones, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1º de la Ley de Sellos. Los Teques, trece (13) de enero del dos mil cuatro.-
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA.
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, trece (13) de enero del dos mil cuatro.
193º y 144º
SE HACE SABER: Al ciudadano LUIS EDUARDO DELGADO LUGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.945.532 parte co-demandado el juicio de ACCION MERODECLARATIVA sigue ANA ISABEL CARIPE, que deberá comparecer ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de Despacho siguientes a la citación que de Ud., y de los ciudadanos DANIS MERCEDES DELGADO, EDGARDO EDUARDO DELGADO LUGO, LOURDES MARIA DELGADO LUGO, LUIS ANTONIO DELGADO LUGO Y NORA MARIA DELGADO LUGO se practiquen y consten en autos, más un día de término de distancia más un (1) día de término de distancia, a dar contestación a la demanda y su reforma a que se refiere el libelo anterior.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. ELSY MARIANA MADRIZ QUIROZ.
EL SECRETARIO
Abg. RICHARS MATA
EMMQ/Lisbeth
Exp Nº 13956
ABG. RICHARS MATA Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de su original que corre inserto en el Expediente signado bajo el Nº 13956, contentivo del juicio que por ACCION MERO DECLARATIVA, sigue ANA ISABEL CARIPE, contra LUIS EDUARDO DELGADO LUGO, DANIS MERCEDES DELGADO, EDGARDO EDUARDO DELGADO LUGO, LOURDES MARIA DELGADO LUGO, LUIS ANTONIO DELGADO LUGO Y NORA MARIA DELGADO LUGO. Los cuales fueron autorizados por el Juez de este Tribunal, por auto expresado que se inserta en las presentes actuaciones, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1º de la Ley de Sellos. Los Teques, trece (13) de enero del dos mil cuatro.-
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA.
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, trece (13) de enero del dos mil cuatro.
193º y 144º
SE HACE SABER: A la ciudadana DANIS MERCEDES DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.973.752 parte co-demandada el juicio de ACCION MERODECLARATIVA sigue ANA ISABEL CARIPE, que deberá comparecer ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de Despacho siguientes a la citación que de Ud., y de los ciudadanos LUIS EDUARDO DELGADO LUGO, EDGARDO EDUARDO DELGADO LUGO, LOURDES MARIA DELGADO LUGO, LUIS ANTONIO DELGADO LUGO Y NORA MARIA DELGADO LUGO se practiquen y consten en autos, más un día de término de distancia más un (1) día de término de distancia, a dar contestación a la demanda y su reforma a que se refiere el libelo anterior.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. ELSY MARIANA MADRIZ QUIROZ.
EL SECRETARIO
Abg. RICHARS MATA
EMMQ/Lisbeth
Exp Nº 13956
ABG. RICHARS MATA Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de su original que corre inserto en el Expediente signado bajo el Nº 13956, contentivo del juicio que por ACCION MERO DECLARATIVA, sigue ANA ISABEL CARIPE, contra LUIS EDUARDO DELGADO LUGO, DANIS MERCEDES DELGADO, EDGARDO EDUARDO DELGADO LUGO, LOURDES MARIA DELGADO LUGO, LUIS ANTONIO DELGADO LUGO Y NORA MARIA DELGADO LUGO. Los cuales fueron autorizados por el Juez de este Tribunal, por auto expresado que se inserta en las presentes actuaciones, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1º de la Ley de Sellos. Los Teques, trece (13) de enero del dos mil cuatro.-
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA.
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, trece (13) de enero del dos mil cuatro.
193º y 144º
SE HACE SABER: Al ciudadano EDGARDO EDUARDO DELGADO LUGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.371.835 parte co-demandado el juicio de ACCION MERODECLARATIVA sigue ANA ISABEL CARIPE, que deberá comparecer ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de Despacho siguientes a la citación que de Ud., y de los ciudadanos LUIS EDUARDO DELGADO LUGO, DANIS MERCEDES DELGADO, LOURDES MARIA DELGADO LUGO, LUIS ANTONIO DELGADO LUGO Y NORA MARIA DELGADO LUGO se practiquen y consten en autos, más un día de término de distancia más un (1) día de término de distancia, a dar contestación a la demanda y su reforma a que se refiere el libelo anterior.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. ELSY MARIANA MADRIZ QUIROZ.
EL SECRETARIO
Abg. RICHARS MATA
EMMQ/Lisbeth
Exp Nº 13956
ABG. RICHARS MATA Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de su original que corre inserto en el Expediente signado bajo el Nº 13956, contentivo del juicio que por ACCION MERO DECLARATIVA, sigue ANA ISABEL CARIPE, contra LUIS EDUARDO DELGADO LUGO, DANIS MERCEDES DELGADO, EDGARDO EDUARDO DELGADO LUGO, LOURDES MARIA DELGADO LUGO, LUIS ANTONIO DELGADO LUGO Y NORA MARIA DELGADO LUGO. Los cuales fueron autorizados por el Juez de este Tribunal, por auto expresado que se inserta en las presentes actuaciones, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1º de la Ley de Sellos. Los Teques, trece (13) de enero del dos mil cuatro.-
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA.
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, trece (13) de enero del dos mil cuatro.
193º y 144º
SE HACE SABER: A la ciudadana LOURDES MARIA DELGADO LUGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.420.073 parte co-demandada el juicio de ACCION MERODECLARATIVA sigue ANA ISABEL CARIPE, que deberá comparecer ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de Despacho siguientes a la citación que de Ud., y de los ciudadanos LUIS EDUARDO DELGADO LUGO, DANIS MERCEDES DELGADO, EDGARDO EDUARDO DELGADO LUGO, LUIS ANTONIO DELGADO LUGO Y NORA MARIA DELGADO LUGO se practiquen y consten en autos, más un día de término de distancia más un (1) día de término de distancia, a dar contestación a la demanda y su reforma a que se refiere el libelo anterior.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. ELSY MARIANA MADRIZ QUIROZ.
EL SECRETARIO
Abg. RICHARS MATA
EMMQ/Lisbeth
Exp Nº 13956
ABG. RICHARS MATA Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de su original que corre inserto en el Expediente signado bajo el Nº 13956, contentivo del juicio que por ACCION MERO DECLARATIVA, sigue ANA ISABEL CARIPE, contra LUIS EDUARDO DELGADO LUGO, DANIS MERCEDES DELGADO, EDGARDO EDUARDO DELGADO LUGO, LOURDES MARIA DELGADO LUGO, LUIS ANTONIO DELGADO LUGO Y NORA MARIA DELGADO LUGO. Los cuales fueron autorizados por el Juez de este Tribunal, por auto expresado que se inserta en las presentes actuaciones, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1º de la Ley de Sellos. Los Teques, trece (13) de enero del dos mil cuatro.-
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA.
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, trece (13) de enero del dos mil cuatro.
193º y 144º
SE HACE SABER: Al ciudadano LUIS ANTONIO DELGADO LUGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.080.557 parte co-demandado el juicio de ACCION MERODECLARATIVA sigue ANA ISABEL CARIPE, que deberá comparecer ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de Despacho siguientes a la citación que de Ud., y de los ciudadanos LUIS EDUARDO DELGADO LUGO, DANIS MERCEDES DELGADO, EDGARDO EDUARDO DELGADO LUGO, LOURDES MARIA DELGADO LUGO Y NORA MARIA DELGADO LUGO se practiquen y consten en autos, más un día de término de distancia más un (1) día de término de distancia, a dar contestación a la demanda y su reforma a que se refiere el libelo anterior.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. ELSY MARIANA MADRIZ QUIROZ.
EL SECRETARIO
Abg. RICHARS MATA
EMMQ/Lisbeth
Exp Nº 13956
ABG. RICHARS MATA Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de su original que corre inserto en el Expediente signado bajo el Nº 13956, contentivo del juicio que por ACCION MERO DECLARATIVA, sigue ANA ISABEL CARIPE, contra LUIS EDUARDO DELGADO LUGO, DANIS MERCEDES DELGADO, EDGARDO EDUARDO DELGADO LUGO, LOURDES MARIA DELGADO LUGO, LUIS ANTONIO DELGADO LUGO Y NORA MARIA DELGADO LUGO. Los cuales fueron autorizados por el Juez de este Tribunal, por auto expresado que se inserta en las presentes actuaciones, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1º de la Ley de Sellos. Los Teques, trece (13) de enero del dos mil cuatro.-
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA.
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, trece (13) de enero del dos mil cuatro.
193º y 144º
SE HACE SABER: A la ciudadana NORA MARIA DELGADO LUGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.226.735 parte co-demandada el juicio de ACCION MERODECLARATIVA sigue ANA ISABEL CARIPE, que deberá comparecer ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de Despacho siguientes a la citación que de Ud., y de los ciudadanos LUIS EDUARDO DELGADO LUGO, DANIS MERCEDES DELGADO, EDGARDO EDUARDO DELGADO LUGO, LOURDES MARIA DELGADO LUGO Y LUIS ANTONIO DELGADO LUGO se practiquen y consten en autos, más un día de término de distancia más un (1) día de término de distancia, a dar contestación a la demanda y su reforma a que se refiere el libelo anterior.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. ELSY MARIANA MADRIZ QUIROZ.
EL SECRETARIO
Abg. RICHARS MATA
EMMQ/Lisbeth
Exp Nº 13956