REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, trece (13) de enero del dos mil cuatro.-
193º y 144º
Vista la anterior solicitud, presentada por los ciudadanos DINA ELISKA SVIRIDENCO Y JOSE ANTONIO CAMACHO ALVARADO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V-6.168.318 y 6.869.041, respectivamente, debidamente asistidos de abogado y por cuanto la misma se fundamenta en causa legal, no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho. Ahora bien, siendo que dicha solicitud esta fundamentada en el articulo 185-A del Código Civil, de conformidad con el Articulo 132 del Código de Procedimiento Civil, se ordena notificar al Fiscal del Ministerio Público, mediante boleta, anexándosele copia certificada de la solicitud y del presente auto, a fin de que comparezca ante este Tribunal dentro del plazo de diez días siguientes a su notificación, para que exponga lo que considere pertinente en relación a la misma. Líbrese Boleta.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
EL SECRETARIO,
ABG. ELSY MARIANA MADRIZ QUIROZ.
ABG. RICHARS MATA.
En la misma fecha no se dio cumplimiento a lo ordenado por cuanto no fueron consignados los fotostatos.
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA.
EMMQ/lisbeth
Exp No 14185