REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.

193º y 144º


Los Teques, veintisiete (27) de enero de dos mil cuatro (2004).

Vista la diligencia suscrita en fecha 18/12/2003, por la Abogada YULA RANGEL AGUILERA, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora en este juicio, mediante la cual desiste del presente procedimiento, debidamente facultada para ello por el ciudadano IVAN A. JASSIR, en su carácter de Presidente del CONDOMINIO DEL CONJUNTO RESIDENCIAL MONTECLARO LAGUNA; y por cuanto en fecha 2 de enero de 2004, tomé posesión del cargo como Juez Suplente Especial de este Juzgado, según oficio Nº TP-03-2282, emanado del Tribunal Supremo de Justicia, me AVOCO al conocimiento de la presente causa; en consecuencia el Tribunal de conformidad con el Artículo 266 del Código de Procedimiento HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO. Así se declara.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

ABG. ELSY MARIANA MADRIZ QUIROZ
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
EMMQ/o
13.824