REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, ocho (08) de enero del Dos Mil cuatro (2004).-

193° y 144°

Por cuanto en fecha 02 de enero del 2004, tomé posesión del cargo como Juez Suplente Especial de este Juzgado, según oficio N° TP-03-2282, me AVOCO al conocimiento de la presente causa.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

ABG. ELSY MARIANA MADRIZ QUIROZ.
EL SECRETARIO.

ABG. RICHARS MATA.-


EMMQ/yza.
EXP N° 12686















REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.

193º y 144º
En horas de despacho del día de hoy, ocho (08) de enero del dos mil cuatro (2004), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada en autos para tener lugar el SEGUNDO ACTO CONCILIATORIO, se anunció dicho acto a las puertas del Tribunal, previo avocamiento de la Juez Suplente Especial, ABG. ELSY MARIANA MADRIZ QUIROZ, al conocimiento de la presente causa, compareciendo la ciudadana LARA DE SEQUERA PETRA RAMONA, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.924.344, parte actora en el presente juicio, debidamente asistido por el abogado en ejercicio LEONCIO CORDERO GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.579, asimismo acompañada por su hijo SEQUERA LARA HERMES JAVIER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.631.820, y no habiendo comparecido la parte demandada ni por si ni por medio de apoderado judicial, el Tribunal deja constancia de ello. De igual modo, se deja constancia que la Dr. NELIDA VILORIA, en su carácter de Fiscal del Ministerio Público se hizo presente. Seguidamente, la parte actora en el presente juicio expone: “Insisto en mí demanda en todas y cada una de sus partes, y quedo entendida que el acto de contestación de la demanda se verificará el quinto día de despacho siguiente a la presente fecha a las 10:00 a.m de la mañana”. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL.-

ABG. ELSY MARIANA MADRIZ QUIROZ.
LA FISCAL.
LA ACTORA Y SU ABOGADO
ASISTENTE.
EL ACOMPAÑANTE
EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA
EXP N° 12686
EMMQ/yza