REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, ocho (8) de enero de dos mil cuatro (2004).
193º y 144º
Por cuanto en fecha 2 de enero de 2004, tomé posesión del cargo como Juez Suplente Especial de este Juzgado, según oficio Nº TP-03-2282, emanado del Tribunal Supremo de Justicia, me AVOCO al conocimiento de la presente causa.- Y vista la diligencia estampada en fecha 05/12/2003, por la accionada en este procedimiento, ciudadana ROSA RETERIA DE DONAYRE, asistida por el Abogado MIGUEL ANIBAL ZAMBRANO, en la cual apela de la sentencia dictada por este Despacho en fecha 26 de noviembre de 2003; el Tribunal conforme a lo dispuesto en el Artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales ADMITE dicha apelación, y la oye en un solo efecto, y en consecuencia ordena la remisión del expediente original al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a los fines de que conozca la apelación en referencia. Remítase adjunto a oficio. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. ELSY MARIANA MADRIZ QUIROZ
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO,
EMMQ/o
14.007
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
LOS TEQUES
Los Teques, 8 de enero de 2004.
193º y 144º
No. 0855 -
Ciudadano:
Juez Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción
Judicial del Estado Miranda.
Los Teques.
Su Despacho.
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, expediente contentivo del AMPARO CONSTITUCIONAL seguido por la ciudadana MARIELA DE LOURDES TELECHEA RODRIGUEZ, contra la ciudadana ROSA MARIANELA RENTERIA DEJO DE DONAYRE; en de dos piezas, la primera constante de (461) folios útiles, y la segunda de (105) folios útiles.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes, y a objeto de que se sirva conocer la apelación interpuesta por la parte accionada, contra la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 26/11/2003.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. ELSY MARIANA MADRIZ QUIROZ.
EMMQ/o
14.007