REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, nueve (09) de enero de dos mil cuatro (2004).
193º y 144º.
Recibida la anterior demanda por el sistema de distribución de causas, se le da entrada bajo el No. 14.156; se ordena agregar a los autos los recaudos acompañados y por cuanto la misma no es contraria a derecho, al orden publico, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho, y en consecuencia se ordena la citación de la parte demandada: Empresa Mercantil CONSTRUCTORA Y BIENES Y RAICES TIPALDI Y LICCIARDI S.R.L., en la persona de las ciudadanas ANGELA VERDE DE NAPOLANO y FILOMENA NAPOLANO VERDE, titulares de la C.I. N°s 6.873.535 y 4.052.309, respectivamente, domiciliadas en San Antonio de Los Altos, Estado Miranda, y de ANTONIO REQUENA ALVAREZ, Teniente Coronel del Ejército, domiciliado en Fuerte Tiuna, El Valle, Caracas; para que en el lapso de VEINTE (20) días de Despacho siguientes a la constancia en autos de la citación del último de los demandados, mas un (1) día de término de distancia que se les concede, comparezcan a dar contestación a la demanda incoada en su contra. Líbrense compulsas con su auto de comparecencia al pie, y entréguense al Alguacil a los fines de la citación de las ciudadanas antes mencionadas; y para citar al último de los nombrados líbrese comisión al Juzgado (Distribuidor) de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, remitiéndole la compulsa correspondiente. En cuanto a la medida de prohibición de enajenar y gravar solicitada, el Tribunal proveerá en cuaderno de medidas que se ordena abrir a tal efecto. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. ELSY MARIANA MADRIZ QUIROZ
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
Faltan copias para proveer.
EL SECRETARIO,
EMMQ/o
14.156