REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL LOS TEQUES
Los Teques, 26 de enero de 2004
193º Y 144º
DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: CON LUGAR, la revisión de la medida judicial preventiva privativa de libertad solicitada por la defensora del imputado GREMYKO GERMAN MARIN, titular de la cédula de Identidad Nº V-17.026.355 y se niega la sustitución de la medida judicial de privación judicial preventiva de libertad, por una medida menos gravosa todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251, ordinal 2º y 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diarícese, notifíquese a las partes, déjese copia y librese la correspndiente Boleta de Traslado. Cúmplase.
EL JUEZ
DALIA ROJAS MONTERO
LA SECRETARIA
CAROLINA VENTO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
CAROLINA VENTO
DRM/CV
ACT/ 2C18862-03