REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES
LOS TEQUES, 07 de enero de 2004
193º y 144º
CAUSA Nº 4E2741-02
JUEZ: LIESKA DANIELA FORNES DIAZ, Juez de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 4 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques.
SECRETARIA: ELIZABETH ATALLAH GESSER, Secretario adscrito a este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución.
PENADO: CARLOS JAVIER RODRIGUEZ, venezolano, portador de la cédula de identidad N° 11.384.483, natural de Cumaná, Estado Sucre, fecha de nacimiento 25-05-1966, reside en la calle principal, casa s/n, Brisas de Turumo, Petare, Estado Miranda.
FISCAL: IBRAHIM ZARRAGA, Fiscal Décimo del Ministerio Público con competencia en ejecución de sentencias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda y sede en Guarenas.
DEFENSA: CYNDIA GONZALEZ ESPINOZA, adscrita a la Unidad de Defensa Pública Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques.
DELITO: Privación Ilegítima de libertad, previsto y sancionado en el artículo 177 en relación con el artículo 175, ambos del Código Penal venezolano.
Solicita el probacionario CARLOS JAVIER RODRIGUEZ, portador de la cédula de identidad N° 11.384.483, se estudie la posibilidad de extenderle el régimen de las presentaciones que realiza ante este Despacho, las cuales se encuentran fijadas cada quince (15) días mediante decisión dictada en fecha 11 de septiembre de 2003. Igualmente requiere se cambie el lugar de dichas presentaciones a la población de Guarenas, Estado Miranda. Decide este Juez en los siguientes términos:
DE LA SOLICITUD PRESENTADA:
El ciudadano CARLOS JAVIER RODRÍGUEZ, al inicio identificado, en escrito que dirige a este despacho judicial, expone:
“ Es el caso ciudadana Juez, que ese Tribunal me impuso un periodo de prueba de presentación por un año y ocho meses, para cumplir con las condiciones que se especifican en la referida causa, actualmente tengo presentándome en ese despacho nueve meses (9), cada 15 días, resido en la Urbanización Brisas de Turumo, Municipio Sucre, Estado Miranda, laboro en el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la oficina de la Sub-delegación Estadal Guarenas, en labores administrativas, la cual me queda cerca del lugar donde vivo, el Delegado de prueba que me supervisa e impuesto por el Tribunal tiene su sede en el Centro Comercial Miranda ubicado en la localidad de Guarenas, el tratamiento psicológico y psiquiátrico me lo realizan en la Castellana, Municipio Chacao Estado Miranda, actualmente estoy estudiando la Carrera de Derecho en la Universidad Santa María ubicada en el Sector la Urbina Municipio Sucre, pues todos estos lugares me quedan cerca, donde pudo desenvolverme fácilmente para todas mi labores diarias; Ciudadana Juez debido a esto lo solicito encarecidamente estudie la posibilidad si esta en su potestad, de que el tiempo que me queda de presentación en ese Tribunal a su digno cargo, por el periodo de once meses (11), la realice ante algún Tribunal del Circuito Judicial Penal de Guarenas o el que usted considere, ya que diariamente estoy en actividades, tanto laboral, académica, como las condiciones impuestas u otras, cerca de esa Jurisdicción, así mismo si puede distanciarme dichas presentaciones por un lapso mayor al que actualmente tengo”...
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR:
Revisadas las actas cursantes en el presente cuaderno identificado N° 4E2741-02, donde figura como penado el ciudadano CARLOS JAVIER RODRIGUEZ, se observa que en fecha 24 de febrero de 2003, le fue acordado el beneficio de suspensión condicional de la ejecución de la pena, donde se le impuso entre otras obligaciones: “3.- A presentarse ante el delegado de prueba las veces que se le indique; (…) Presentarse ante la sede del Tribunal cada ocho (08) días;”, decisión que fue modificada en cuanto al régimen de presentaciones en fecha once (11) de septiembre de dos mil tres (2003), acordándose su asistencia al tribunal cada quince (15) días.
Consta igualmente del informe periódico conductual de fecha 01 de julio de 2003, que remitió a este Tribunal el Delegado de Prueba del Ministerio del Interior y Justicia asignado al caso, que el probacionario cumple a satisfacción con el régimen que le fue impuesto.
Se evidencia al folio 15 y vto. del Libro de Presentaciones de Penados que lleva este órgano jurisdiccional, que el ciudadano CARLOS JAVIER RODRIGUEZ cumple ha cabalidad con las mismas.
Quien suscribe, advirtiendo que el probacionario ha cumplido hasta la presente fecha con las obligaciones que se le impusieron, demostrando así su disposición ante el régimen acordado y consecuentemente, una adecuada reinserción social, fin principal de la pena, se estima lo procedente y ajustado a derecho, DECLARAR CON LUGAR la solicitud interpuesta por el penado, en consecuencia, se modifica la decisión dictada por este Tribunal en fecha 11 de septiembre de 2003 en relación a la obligación de presentarse cada quince días, y en su lugar acuerda la obligación del penado Carlos Javier Rodríguez de presentarse ante el Tribunal Cuarto de Ejecución con sede en Los Teques, cada treinta (30) días. Así se declara.
En relación a la solicitud de cambio del sitio de presentaciones para un Tribunal con sede en la ciudad de Guarenas, este Juez la niega, tomando en consideración lo siguiente: en esta fecha, se modificó el régimen de presentaciones que debe cumplir el penado, por lo que actualmente deberá acudir al Tribunal cada treinta (30) días, siendo esto así, se considera que el deber de comparecer al Juzgado una vez al mes, no interfiere ni obstaculiza la actividad profesional, académica y personal del solicitante CARLOS JAVIER RODRÍGUEZ, aunado a que es este órgano, quien debe supervisar y vigilar el cumplimiento adecuado del régimen impuesto, por ello, se declara sin lugar la solicitud presentada. Así se decide.-
PARTE DISPOSITIVA
Por lo antes expuestos, este Juez de Primera Instancia Penal en función de Cuarto de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por el penado CARLOS JAVIER RODRIGUEZ, venezolano, portador de la cédula de identidad N° 11.384.483, natural de Cumaná, Estado Sucre, fecha de nacimiento 25-05-1966, domiciliado en la calle principal, casa s/n, Brisas de Turumo, Petare, Estado Miranda, y en consecuencia, se modifica la decisión dictada en fecha 11 de septiembre de 2003, y acuerda obligación del penado de presentarse ante el Tribunal en funciones de ejecución Nº 4 con sede en los Teques, cada treinta (30) días.
SEGUNDO: NIEGA la solicitud interpuesta por el ciudadano CARLOS JAVIER RODRÍGUEZ, y en consecuencia ratifica la obligación de presentarse ante el Tribunal de Primera Instancia en funciones de ejecución Nº 4 con sede en la ciudad de Los Teques.
Regístrese, publíquese y notifíquese al penado, la defensa y el Fiscal del Ministerio Público la presente decisión. Hágase la anotación correspondiente en el libro de presentaciones de este despacho.
EL JUEZ,
LIESKA DANIELA FORNES DIAZ
LA SECRETARIA,
ELIZABETH ATALLAH GESSER
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado y se libró Boleta de Notificación Nº 01-2004 al Dr. IBRAHIM ZARRAGA, Fiscal Décimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Barlovento, Nº 02-2004 al penado, y Nº 03-2004 a la Dra. CYNDIA GONZALEZ ESPINOZA, Defensora Pública Penal, y se hizo la anotación correspondiente en el libro que al efecto se lleva.
LA SECRETARIA,
ELIZABETH ATALLAH GESSER