REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY



Oída la exposición de las partes, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda – Extensión Valles del Tuy, con sede en Ocumare del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Acoge la solicitud del Fiscal del Ministerio Publico y de la Defensa Publica Penal en cuanto a la prosecución del hecho por la vía del procedimiento ordinario de conformidad con el Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se acoge a la precalificación Jurídica realizada por el Fiscal del Ministerio Publico en lo que se refiere a la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancia Estupefaciente y Psicotrópicas, previsto y sancionado en articulo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por considerar este juzgado que las circunstancia de tipo y modo de los hechos están encuadrados en este tipo penal. TERCERO: Se le decreta al investigado JUVENAL CRUZ SUAREZ, nacionalidad venezolano, estado Civil: soltero, de profesión u oficio: Obrero, natural de Rubio- Estado Táchira, nacido 03-03-38, Edad: 66 años y portador de la Cédula de Identidad N° V-1.882.230, Residenciado en: Sector Campo Elías, Calle Real, Casa N° 56, Charallave – Estado Miranda, hijo de Dolores Suárez (V) y Anastasio Cruz (V) decrete la Medida Privativa de Libertad, previsto en los articulo 250 ordinales 1°, 2° y 3°; articulo 251 ordinales 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Librese Boleta de Encarcelacion. CUARTO: Se indica como lugar de Reclusión el Centro Penitenciario Región Capital Yare II. QUINTO: Se ordena remitir las presentes actuaciones a la Fiscalia de origen en su oportunidad legal. Se cierra el acta siendo las 3:30 horas de la tarde. Las partes presentes quedan notificadas del presente pronunciamiento de conformidad con el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo, termino, se leyó y conformes firman las partes presente.

JUEZ PRIMERO DE CONTROL

DR. CARLOS EDUARDO BOLIVAR FUNES





SECRETARIA


ABG. NAIR J. RIOS CHAVEZ