REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY


Oída la exposición de las partes, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda – Extensión Valles del Tuy, con sede en Ocumare del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Acoge la solicitud del Fiscal del Ministerio Publico y de la Defensa Publica Penal en cuanto a la prosecución del hecho por la vía del procedimiento ordinario de conformidad con el Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se aparta de la precalificación Jurídica realizada por el Fiscal del Ministerio Publico en lo que se refiere a la comisión del delito de Porte Ilicito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en articulo 5 de la Ley de Reforma del Código Penal Vigente, por considerar este juzgado que las circunstancia de tipo y modo de los hechos no están encuadrados en este tipo penal. TERCERO: Se le decreta al ciudadano LUIS MIGUEL LINO OLIET, nacionalidad Española, estado Civil: Casado, de profesión u oficio: Obrero, natural de Plad San Tirs España, nacido 30-09-46, Edad: 57 años y portador de la Cédula de Identidad N° E-82.071.142, Residenciado en: La Avenida Toquisay, con carrera N° 2; Casa N° 2-8, Bailadores, Estado Merida, hijo de Antonio Lino (F) y Luisa Oliet (F); las libertad Plena. Librese Boleta de Excarcelación. CUARTO: Se ordena remitir las presentes actuaciones a la Fiscalia de origen en su oportunidad legal. Se cierra el acta siendo las 1:46 horas de la tarde. Las partes presentes quedan notificadas del presente pronunciamiento de conformidad con el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo, termino, se leyó y conformes firman las partes presente.


JUEZ PRIMERO DE CONTROL

DR. CARLOS EDUARDO BOLIVAR FUNES




SECRETARIA


ABG. NAIR J. RIOS CHAVEZ