REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA la REVISION de la Medida Cautelar Sustitutiva solicitada por la Defensa Privada, en favor del Imputado JESUS GABRIEL BELTRI RIOS, titular de la Cédula de Identidad No. V-18.729.282, de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia acuerda Revisar la Medida Cautelar Sustitutiva a la Libertad, decretada por este tribunal en fecha 19 de Diciembre del 2.003. Notifíquese a las partes de la presente decisión.
EL Juez

AB. OMAR ARTURO SULBARAN DAVILA.
La Secretaria,

AB. SANDRA SATURNO