REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Este Tribunal SEGUNDO de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley: PRIMERO; Estamos en presencia de la presunta comisión de un hecho punible que reviste carácter penal, existen elementos para considerar al ciudadano JOSE GREGORIO ROMERO CARRASQUEL como presunto autor del delito, en virtud de lo cual acoge la precalificación jurídica otorgada por el Ministerio Público por el delito de HURTO CALIFICADA CON FRACTURA previsto y sancionada en el articulo 455 ordinal 4 del Código Penal. SEGUNDO; Se acuerda seguir por la via del procedimiento ordinario, TERCERO: Acuerda la Medida Cautelar Sustitutiva prevista en el articulo 256 numerales 3 y 8 las cuales consistirán con la presentación periódica cada 15 días por un lapso de seis meses, una vez que cumpla con el requisito de dos fiadores que en su conjunto devenguen 60 Unidades Tributarias y que además cumplan con el requisito del articulo 258 del Código Orgánico Procesal Penal . Se acuerda como centro de reclusión hasta tanto cumpla con la Medida la Comisaría de la IAPEM de Charallave. Con la firma y lectura de la presente acta quedan las partes notificadas. Se declara cerrada la audiencia.
El Juez Segundo de Control
OMAR ARTURO SULBARAN DAVILA