REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, MODIFICA la decisión dictada por este Tribunal en fecha 19 de diciembre del 2003, y en su lugar, le IMPONE la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, contenida en el artículo 256 ordinales 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en la presentación por ante este Tribunal, cada Quince (15) , así como la prohibición de salida de la Jurisdicción del tribunal, sin autorización expresa del mismo, por un lapso de tres (03) meses.-
Regístrese. Déjese copia autorizada. Notifíquese.-
Líbrese las correspondientes boletas de notificación y traslado.-
El Juez Tercero de Control,
DARWIN MARTINEZ SALANDY
La Secretaria,
ABG. YOLEXSI URBINA