REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES


JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, once (11) de febrero de dos mil cuatro (2004).

193º y 144º

Vista la diligencia inserta al folio 74 del expediente, suscrita por el abogado HECTOR HONORIO HERNANDEZ MEDINA, con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual observa al tribunal que existe error material en la comisión librada al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Tomás Lander, Simón Bolívar e Independencia de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Ocumare del Tuy, en cuanto al señalamiento del monto a embargar, toda vez que se transcribió: “VEINTICUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs.24.640.000,oo)”, cuando lo correcto es “VEINTICUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs.24.640.000,oo)”, el tribunal a los fines de corregir tal error y uso de la facultad que le confiere el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, deja sin efecto el despacho y oficio librados en fecha 17 de noviembre de 2003 al mencionado juzgado, y ordena librarle unos nuevos, indicándose en el despacho como monto a embargar en caso de que la medida recayere sobre bienes propiedad de la demandada, la cantidad de “VEINTICUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs.24.640.000,oo)”.

EL JUEZ

HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA

LA SECRETARIA ACC.

MARIA BARBELLA

NOTA: En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA ACC.

EXP. N° 22677
HJAS/MB/bd*






REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques.
AL
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TOMAS LANDRE, SIMON BOLIVAR e INDEPENDENCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY.

HACE SABER:

Que este Tribunal en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (Procedimiento de Intimación) sigue la ciudadana LIGIA MARGARITA DELGADO contra la ciudadana BELKYS ODALYS TROYA, titular de la cédula de identidad No. V-6.825.090, por auto de fecha, 18 de agosto de 2003, y a solicitud de la parte actora, se decreto la ejecución forzosa de la decisión dictada en la presente causa, en tal sentido se ordenó comisionarlo amplia y suficientemente a los fines de que se sirva practicar medida de EMBARGO EJECUTIVO, sobre bienes propiedad del ejecutado hasta cubrir la cantidad de VEINTICUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 24.640.000,00), que comprende el doble de la suma demandada (intimada) mas las costas calculadas prudencialmente por este tribunal en la cantidad de DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 2.240.000,00) ya incluida en la suma anterior. Si el embargo recayere sobre cantidades liquidas el mismo será hasta cubrir la cantidad de ONCE MILLONES DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 11.200.000,00) mas las costas procesales.-
Que ha sido Usted, ampliamente comisionado para practicar la medida decretada. Facultado igualmente para la designación de Depositaria Judicial y Practico, en caso que fuese necesario.-
Que la parte actora esta representada por el abogado HECTOR HONORIO HERNANDEZ MEDINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 25.105.-
Que la parte demandada esta representada por el abogado JESUS ANTONIO BLANCO CLEMENTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.519.-
Que una vez cumplida las presentes actuaciones, se servirá devolver original con sus resultas.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en la ciudad de Los Teques, a los once (11) días del mes de febrero de dos mil cuatro (2004). Años: 193º de la Independencia y 144º de la Federación.-
EL JUEZ,

HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA.

LA SECRETARIA ACC.

MARÍA BARBELLA
EXP. N° 22677
HJAS/MB/bd*


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA NSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.



Los Teques, 11 de febrero de 2004.
193º y 144º


Oficio Nº 0740-

Ciudadano:
Juez Ejecutor de Medidas de los Municipios
Tomás Lander, Simón Bolívar e Independencia
de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda
con sede en Ocumare del Tuy.
SU DESPACHO.-

Me dirijo a usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, Despacho librado por este Tribunal en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (Procedimiento de Intimación), sigue la ciudadana LIGIA MARGARITA DELGADO contra la ciudadana BELKYS ODALYS TROYA, por ante este Tribunal.-
Remisión que se le hace a los fines de que se sirva practicar la medida de embargo ordenada.-

EL JUEZ,

HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA

EXP. N° 22677
HJAS/MB/bd*