REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques; 11 de febrero de 2004.
193° y 144°
Conforme a lo ordenado en el auto de admisión de la presente demanda, en donde se ordena la apertura del respectivo cuaderno de medidas, a los fines de proveer respecto de la solicitud del ciudadano ARTURO FERRERI, mediante la cual requiere se decrete medida de embargo preventivo sobre bienes propiedad del demandado (MUJICA HERCIBA GUSTAVO EFREN). Este Tribunal conforme a lo establecido el artículo 646 del Código de Procedimiento Civil, acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, se decreta medida de embargo provisional sobre bienes muebles propiedad de demandado que comprende el doble de la suma demandada y los intereses moratorios, más las costas prudencialmente calculadas por éste Tribunal en la cantidad de DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS DIECISÉIS CON SESENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs.2.382.916,66). Ahora bien el tribunal se abstiene de expedir el correspondiente despacho de Embargo Preventivo así como su oficio, hasta tanto no se indique la ubicación de los bienes susceptibles del presente decreto.
EL JUEZ,
HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA.
LA SECRETARIA,
MARIA MARBELLA
HJAS/fapa.-
Exp. Nº 23.460