JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques; dieciséis (16) de febrero de dos mil cuatro (2004).-
193º y 144º
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la empresa INVERNAFER CONSTRUCCIONES C.A., constituida y domiciliada en la Ciudad de Caracas, e inscrita por ente el registro Mercantil I de la Circunscripción del Distrito Federal y estado Miranda, bajo el Numero 78, Tomo 57-A PRO de fecha 04 de marzo de 1988, sobre las mejoras y bienhechurias, en un lote de terreno de su propiedad ubicado en el parcelamiento Urbanístico CHARALLAVE COUNTRY CLUB, marcada con letra y numero C-32, cuyos linderos y demás especificaciones se encuentran debidamente señalados en la presente solicitud. Devuélvanse originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el Abogado QUIRO RAFAEL ARVELAEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 29.265. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,
HUMBERTO J ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA .
EXP. Nro. 39.831
HJAS/ICBC/fapa
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