REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques; dos (02) de febrero de dos mil cuatro (2.004).

193° y 144°

Vistas las actuaciones que anteceden, presentadas por los ciudadanos: MARIA DE LAS NIEVES GARCIA DE TORRES titular de la cédula de identidad N°2.965.111, en su carácter de viuda del causante y los ciudadanos INES MARIA TORRES GARCIA, JULIO RAMON TORRES GARCIA, MARIA ELENA TORRES GARCIA, YAMILET MARGARITA TORRES GARCIA y FRANCISCO JOSE TORRES GARCIA, titulares de las cédulas de identidad Nos V-6.356.743, V-6.137.572, V-6.177.298, V-6.220.015 y V- 11.940.419, este Tribunal sin perjuicios de los derechos de terceros, y en virtud de lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente y bastante para asegurar los derechos que tengan en la sucesión, a los ciudadanos MARIA DE LAS NIEVES GARCIA de TORRES, INES MARIA TORRES GARCIA, JULIO RAMON TORRES GARCIA, MARIA ELENA TORRES GARCIA, YAMILET MARGARITA TORRES GARCIA y FRANCISCO JOSE TORRES GARCIA, del de-cujus JULIO TORRES, titular de la cédula de identidad N°1.347.144, quien falleció en fecha 22 de noviembre de 2002, según consta en el acta de defunción expedida por la Prefectura del Municipio Autónomo Guaicaipuro del Estado Miranda, bajo el numero 841, folio 41 de fecha 07 de enero de 2003. Devuélvase todo lo actuado incluyendo la solicitud, la cual procede redactada por la abogada en ejercicio INES TORRES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°28.671. Déjese constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

Dra. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA,

EXP. N° 39825