REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTACIA EN LOS CIVIL MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 25 de febrero de 2004
193° y 145°
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos, NARVI NAIL PEREZ BARCENA Y JOSÉ LUIS SOJO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-6.670.364 y V-10.868.888, respectivamente, sobre las mejoras y bienhechurias, en un lote de terreno de propiedad Municipal, ubicado en el Barrio Andrés Eloy Blanco en Jurisdicción del Municipio Autónomo Acevedo del Estado Miranda y que tiene un área de terreno de QUINCE METROS (15 Mts.) de frente por TREINTA Y OCHO METROS (38 Mts) de fondo, cuyos linderos y demás especificaciones se encuentran debidamente señalados en la presente solicitud. Devuélvanse originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la Abogado Elizabeth Ramírez López, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 23.509. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,
HUMBERTO J ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA Acc,
MARI BARBELLA
EXP. Nro. 39.804
HJAS/fapa