REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques, 09 de Febrero de 2004
193° y 144°
Vista la diligencia que antecede suscrita por el abogado ANTONIO JOSE ABAI, inscrito en el Inpreabogado bajo el nro.80.307, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos EDWARD GONZALO MORA SANCHEZ y EVELYN REGINA LATOUCHE PINATE, mediante la cual solicita aclaratoria en la sentencia de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos Bienes, a favor de los ciudadanos EDWARD GONZALO MORA SANCHEZ y EVELYN REGINA LATOUCHE PINATE, de fecha 10/12/2003, dictada por este Juzgado, en la cual se incurrió en el error material de asentar que los ciudadanos anteriormente mencionados no adquirieron Bienes de Fortuna, cuando siendo lo correcto es que si adquirieron Bienes de Fortuna. Ahora bien, de la revisión de los documentos anexados al presente expediente, se evidencia claramente la existencia del error señalado, por lo que este tribunal subsana el error material en los siguientes términos: “ y adquirieron bienes de fortuna los cuales fueron determinados en su solicitud”. Tómese el presente auto como complemento de la sentencia de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos de fecha 10 de Diciembre de 2003, dictada por este Juzgado que corre insertada en el folio 32 y su vuelto del presente expediente signado bajo el Nro. 22.959.-
EL JUEZ
HUMBERTO JOSÉ ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA ACC.
MARIA BARBELLA
HJSA/yd.
EXP. Nro. 22.959