REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, nueve (09) de febrero de dos mil cuatro (2004).
193° y 144°
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano AGOSTINHO GOMES E SILVA de nacionalidad portuguesa, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-1.045.605, sobre las mejoras y bienechurías ubicadas sobre un lote de terreno de su propiedad, situado en el Parcelamiento “LAS MERCEDES” en la Población de San Pedro de Los Altos, Parcela N° 13, Jurisdicción de la Ciudad de Los Teques, Estado Miranda. El lote de terreno donde están construidas las bienechurías se encuentra protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito (hoy Municipio) Guaicaipuro del Estado Miranda, en fecha 25 de julio de 1978, anotado bajo el Nº 26, protocolo primero, tomo 05, siendo sus linderos, medidas y demás determinaciones las que aparecen especificadas en el referido documento. Devuélvanse originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la Abogada JACINTA DE GOUVEIA DA SILVA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 75.671. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,
HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA.
LA SECRETARIA ACC,
MARÍA BARBELLA RAMOS.
En la misma fecha se devuelven originales las presentes actuaciones al promovente, conforme lo ordenado anteriormente.-
LA SECRETARIA ACC,
HJAS*Jacqueline.
Expt. Nº 04-39795.