REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques; nueve (09) de febrero de dos mil cuatro (2004).
193° y 144°
Vistas las actuaciones que anteceden este Tribunal sin perjuicios de los derechos de terceros, y en virtud de lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara las mismas TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la “CONSTRUCTORA NEGO, C.A.”, empresa debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil VII de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 19 de febrero de 2002, bajo el Nº 61, Tomo 246-A-VII, y representada por su Vicepresidenta ciudadana MARÍA NIEVES GORRIN DE NEGRIN, venezolana, mayor de edad, comerciante, casada y titular de la cédula de Identidad Nº V-5.433.600, sobre unas bienhechurías ubicadas en “LOS GERANIOS”, Municipio Autónomo Zamora del Estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, devuélvanse todo lo actuado incluyendo la solicitud la cual procede redactada por la abogada ALEIDA LINARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 53.754, déjese constancia en el Libro Diario que lleva este Tribunal del presente año.
EL JUEZ,
HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA, Acc.
MARIA BARBELLA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA, Acc.
MARIA BARBELLA
HJAS/lisbeth
Exp. N° 39841