REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, diecisiete (17) de febrero de dos mil cuatro (2004).-
193° Y 144°

Recibida como ha sido la anterior demanda, del sistema de distribución de causas y correspondiéndole a éste Juzgado conocer la misma, se ordena darle entrada en el libro de causas bajo el N° 14214, y agregar a los autos los recaudos consignados. El Tribunal por cuanto de la revisión del libelo de demanda, observa que la parte actora al señalar las cantidades de dinero demandadas en su particular SEGUNDO: No señaló con precisión el pago objeto de la presente intimación, es por lo que este Tribunal por las razones antes expuestas se abstiene de proveer sobre lo solicitado en el libelo de demanda, hasta tanto el accionante realice las correcciones a que hubiere lugar, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 642 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

EL SECRETARIO,


ABG. RICHARS MATA.




VJGJ/lisbeth
EXP. Nº 14214