REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, diecinueve (19) de febrero de dos mil cuatro (2004).
193º y 144º
Vista la diligencia de fecha 15 de diciembre del año próximo pasado, suscrita por el ciudadano FERNANDO BERNARDO MARQUEZ, titular de la cédula de identidad No. 6.458.143, debidamente asistido de abogado, mediante la cual solicita al Tribunal se le expida copia certificada de las actuaciones que señala en su diligencia suscrita, el Tribunal acuerda de conformidad lo solicitado, en consecuencia ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas, con inclusión del presente auto. Las certificaciones se hacen de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1º de la Ley de Sellos. Expídanse por Secretaría las copias certificadas solicitadas y déjese constancia de lo actuado.
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
VJGJ/ag
Solicitud No. S.1292

Quien suscribe, ABG. RICHARS MATA, Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de su original que corren insertos en la Solicitud signada con el No.S-1292, contentiva de la ENTREGA MATERIAL es seguido por el ciudadano FERNANDO BERNARDO MARQUEZ contra ANTONIO JOSE PERNES MARQUEZ. Las cuales fueron autorizadas por la Juez de este Tribunal, por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1º de la Ley de Sellos. Los Teques, diecinueve (19) de febrero de dos mil cuatro (2004).-
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA

RM/ag


JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, diecinueve (19) de febrero de dos mil cuatro (2004).
193º y 144º
Vistas las actuaciones que conforman el presente expediente, especialmente las diligencias de fechas 14 de noviembre y 02 de diciembre de 2003, suscritas por el abogado en ejercicio ANTONIO AMENDOLIA DRAGA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 22.940, en su carácter de autos, mediante las cuales, entre otras cosas, solicita al Tribunal se ordene la entrega de los demás bienes muebles al ciudadano FERNANDO BERNARDO MARQUEZ, por las razones expuestas en su diligencia suscrita, este Tribunal previo a la realización de su pronunciamiento respectivo, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley, y de conformidad con lo establecido en el artículo 257 del Código de Procedimiento Civil, fija las once de la mañana (11:00 a.m.), del tercer día de despacho siguiente, a la constancia en autos de la práctica de la notificación mediante boleta del ciudadano FERNANDO BERNARDO MARQUEZ y de la ciudadana MARILU PEREZ GONZALEZ, con la finalidad de que tenga lugar un acto conciliatorio, entre los mencionados ciudadanos. Líbrense boletas, entréguense al Alguacil y déjese constancia de lo actuado.
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
VJGJ/ag
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.
Los Teques, 19 de febrero de 2004
193º y 144º
BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:
A la ciudadana MARILU PEREZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 6.089.611, y/o su apoderado judicial ANTONIO AMENDOLIA DRAGA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 22.940, en su carácter de tercera opositora en el procedimiento que por ENTREGA MATERIAL, es seguido ante este Tribunal por el ciudadano FERNANDO BERNARDO MARQUEZ contra ANTONIO JOSE PERNES MARQUEZ, que se sustancia en la solicitud No- S-1292, que se ha ordenado notificarle con la finalidad de que comparezca ante este Tribunal a las 11:00 a.m., del tercer día de despacho siguiente a la constancia en autos de la práctica de la última de las notificaciones.
Firmará al pie de la presente en prueba de haber sido notificado por el Alguacil del Tribunal.
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES


VJGJ/ag
Solicitud No. S-1292

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.
Los Teques, 19 de febrero de 2004
193º y 144º
BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:
Al ciudadano FERNANDO BERNARDO MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 6.458.143, y/o sus apoderados judiciales ALFREDO HERNANDEZ YANEZ y FRANCISCO DUARTE , inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 7.922 y 7.306, respectivamente, en su carácter de parte accionante en el procedimiento que por ENTREGA MATERIAL, es seguido ante este Tribunal contra ANTONIO JOSE PERNES MARQUEZ, que se sustancia en la solicitud No- S-1292, que se ha ordenado notificarle con la finalidad de que comparezca ante este Tribunal a las 11:00 a.m., del tercer día de despacho siguiente a la constancia en autos de la práctica de la última de las notificaciones.
Firmará al pie de la presente en prueba de haber sido notificado por el Alguacil del Tribunal.
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES


VJGJ/ag
Solicitud No. S-1292