REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, veinticinco (25) de febrero de dos mil cuatro (2004).-
193º y 145º
Vista la anterior diligencia estampada por la Abogada NANCY MEDINA, con el carácter de apoderada judicial de la parte actora en este juicio, y el pedimento en la misma contenido en el sentido de que se fije plazo para que la parte demandada de cumplimiento voluntario al convenimiento suscrito entre las partes; el Tribunal en tal virtud, le concede a la parte demandada un lapso de cinco (5) días de despacho siguientes a la presente fecha, a objeto de que de cumplimiento voluntario al convenimiento suscrito entre las partes en fecha 09/02/2004, todo de conformidad con el Articulo 524 del Código de Procedimiento Civil, dejándose constancia que no podrá comenzarse la ejecución forzosa de la obligación hasta tanto haya transcurrido íntegramente el lapso concedido. Líbrese Boleta de Notificación. Cúmplase.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABOG. RICHARS MATA

VJGJ/o
14.196