REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veinticinco (25) de febrero de dos mil cuatro.
193º y 145º
Vista la diligencia anterior de fecha, 18 de febrero de 2004, estampada por la abogada YIRYS SEMERENE, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual Consigna fotostatos, a los fines de que se libre la compulsa a la parte demandada, este Tribunal ordena certificar los fotostatos respectivos y librar la compulsa a la parte demandada conforme a lo acordado en el auto de de admisión.
EL JUEZ,
EL SECRETARIO,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
ABG. RICHARS MATA.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA.
VJGJ/LISBETH
Exp Nº 14200
El suscrito Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales cursan al expediente Nº 14200, seguido en el juicio de DIVORCIO seguido por el ciudadano VICTOR JULIO VARGAS contra LUCY SANCHEZ DE VARGAS. Las cuales fueron autorizadas por el Juez de este Tribunal por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo lo de la ley de sellos. Los Teques, veinticinco (25) de febrero del dos mil cuatro (2004).
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA.
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veinticinco (25) de febrero del dos mil cuatro (2004).
193° y 145º
SE HACE SABER: A la ciudadana LUCY SANCHEZ DE VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.876.903 que deberá comparecer ante este Tribunal para el PRIMER ACTO CONCILIATORIO, que tendrá lugar en este Despacho, pasados como sean (45) días, después de la constancia en autos de haberse practicado su citación, a las 10:00 a.m., al cual deberá comparecer personalmente y podrá ser acompañado de parientes o amigos en número no mayor de dos (2) por cada parte, bajo la advertencia que de no lograrse la reconciliación, quedará emplazados para un SEGUNDO ACTO similar, a la misma hora y con los requisitos ya señalados y posteriormente, en caso de insistencia de la parte demandante en continuar el Juicio, quedarán las partes emplazadas para el QUINTO día de Despacho siguiente, a fin de que tenga lugar el ACTO DE CONTESTACIÓN A LA DEMANDA a las 10:00 a.m. Dará recibo al Alguacil en prueba de haber sido citada.
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES.
EL SECRETARIO
ABG. RICHARS MATA.
VJGJ/lisbeth
Exp. Nº 14200