REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veinticinco (25) de febrero del dos mil cuatro.
193º y 145º
Vista la diligencia anterior de fecha 11 de febrero de 2004, estampada por el abogado LUIS AUGUSTO MATERAN, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual consigna los fotostatos a los fines de que se libren las compulsas a la parte demandada, y que le sean entregadas a los fines de practicar las mismas con un alguacil de la Jurisdicción, este Tribunal ordena librar las compulsas a la parte demandada, y hacerle entrega de las mismas al apoderado actor de conformidad con el artículo 345 del Código de Procedimiento Civil, tal y como fue acordado en el auto de admisión.
EL JUEZ,
EL SECRETARIO,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
ABG. RICHARS MATA.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA.
VJGJ/lisbeth
Exp Nº 14237
El suscrito Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de su original que corre inserto en el Expediente signado bajo el Nº 14237, contentivo del juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, sigue CARLOS OMAR AVILAN Y ANICETO GONZALEZ BLANCO, contra ANTONIA ISABEL ALVAREZ Y ANIBAL COLINA. Los cuales fueron autorizados por el Juez de este Tribunal, por auto expresado que se inserta en las presentes actuaciones, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1º de la Ley de Sellos. Los Teques, veinticinco (25) de febrero del dos mil cuatro.-
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA.
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veinticinco (25) de febrero del dos mil cuatro.
193º y 145º
SE HACE SABER: A la ciudadana ANTONIA ISABEL ALVAREZ DE COLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.583.397 parte co-demandada el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO sigue CARLOS OMAR AVILAN Y ANICETO GONZALEZ BLANCO que deberá comparecer ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de Despacho siguientes a la citación que de Ud., y de ANIBAL COLINA conste en autos de haberse practicado, más un (1) día de término de distancia que se le concede, a dar contestación a la demanda a que se refiere el libelo anterior.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES.
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA.
VJGJ/lisbeth
Exp Nº 14237
El suscrito Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de su original que corre inserto en el Expediente signado bajo el Nº 14237, contentivo del juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, sigue CARLOS OMAR AVILAN Y ANICETO GONZALEZ BLANCO, contra ANTONIA ISABEL ALVAREZ Y ANIBAL COLINA. Los cuales fueron autorizados por el Juez de este Tribunal, por auto expresado que se inserta en las presentes actuaciones, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1º de la Ley de Sellos. Los Teques, veinticinco (25) de febrero del dos mil cuatro.-
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA.
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veinticinco (25) de febrero del dos mil cuatro.
193º y 145º
SE HACE SABER: Al ciudadano ANIBAL COLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.966.509 parte co-demandada el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO sigue CARLOS OMAR AVILAN Y ANICETO GONZALEZ BLANCO que deberá comparecer ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de Despacho siguientes a la citación que de Ud., y de ANTONIA ISABEL ALVAREZ DE COLINA conste en autos de haberse practicado, más un (1) día de término de distancia que se le concede, a dar contestación a la demanda a que se refiere el libelo anterior.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES.
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA.
VJGJ/lisbeth
Exp Nº 14237