REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, veinticinco (25) de febrero de dos mil cuatro (2004).-

193º y 145º
Por recibido el presente expediente procedente del Archivo Judicial del Estado Miranda, constante de una (1) pieza de catorce (14) folios útiles, en el juicio que por SEPARACION DE CUERPOS siguen CARLOS ALFONSO MARTINEZ SILVA y BETTSSY ANADRIS MADRIS SANTAELLA se ordena darle entrada y cuenta al Juez. En virtud de que en horas de despacho del día de hoy compareció el ciudadano CARLOS ALFONSO MARTINEZ SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.158.942, quien manifestó al secretario de este Tribunal que carece de bajos recursos, lo cual le impide cancelar los honorarios de un abogado, a los fines de que se libren los oficios ordenados en la sentencia dicta en fecha 30 de noviembre de 2001, en consecuencia este Tribunal ordena librar oficios y expedir por Secretaría, copia certificada de la sentencia con inclusión del presente auto. Las certificaciones se hacen de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1º de la Ley de Sellos. Líbrense oficios. Cúmplase.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente

EL SECRETARIO,
VJGJ/nr
Exp. No.975550
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
Los Teques, 25 de febrero de 2004
193º y 145º

OFICIO Nº.0855-
CIUDADANO:
REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO MIRANDA.
SU DESPACHO.-

Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio y constante de tres (3) folios copia certificada de la sentencia recaída en el juicio de SEPRACION DE CUERPOS seguido ante este Tribunal por los ciudadanos: CARLOS ALFONSO MARTINEZ SILVA y BETTSSY ANADRIS MADRIS SANTAELLA, y en la cual se declaró con lugar la conversión en DIVORCIO contraído por ellos en fecha 30 de abril de 1993, según partida de matrimonio asentada bajo el Nº 99, folio 100, en los Libros de Registro Civil de Matrimonio llevado por ante la Prefectura del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguiente y a objeto que se sirva insertar la sentencia ejecutada, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 475 del Código Civil.-

EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VJGJ/nr
Exp. Nº 975550
Anexo: lo indicado


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-

Los Teques, 25 de febrero de 2004
193º y 145º
OFICIO Nº.0855-
CIUDADANO:
PREFECTURA DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO GUAICAIPURO
DEL ESTADO MIRANDA.
SU DESPACHO.-

Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio y constante de tres (3) folios copia certificada de la sentencia recaída en el juicio de SEPARACION DE CUERPOS seguido ante este Tribunal por los ciudadanos: CARLOS ALFONSO MARTINEZ SILVA y BETTSSY ANADRIS MADRIS SANTAELLA, y en la cual se declaró con lugar la conversión en DIVORCIO contraído por ellos en fecha 30 de abril de 1993, según partida de matrimonio asentada bajo el Nº 99, folio 100, en los Libros de Registro Civil de Matrimonio llevado por ese Despacho.-
Remisión que se le hace a los fines legales consiguiente y a objeto que se sirva insertar la sentencia ejecutada, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 475 del Código Civil.-

EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VJGJ/nr
Exp. Nº 975550
Anexo: lo indicado


Quien suscribe abogado RICHARS MATA Secretario de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que la anterior fotostática es traslado fiel y exacto de su original que corren insertos en el presente expediente signado con el N° 975550 ante este Tribunal, con motivo de la SEPARACIÓN DE CUERPOS seguido por los ciudadanos: CARLOS ALFONSO MARTINEZ SILVA y BETTSSY ANADRIS MADRIS SANTAELLA, actuaciones que fueron autorizadas por el Juez de este Tribunal por auto expreso, y que se insertan en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y Artículo 1° de la. Ley de Sellos. Los Teques, veinticinco (25) de febrero de dos mil cuatro (2004).-


EL SECRETARIO,


ABG. RICHARS MATA