REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, veintiséis (26) de febrero del dos mil cuatro (2004).

193º Y 144º


Por recibido en fecha 11 de febrero del año en curso, oficio Nº 04-176, procedente del Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, constante de un (01) folio útil, este Tribunal le da entrada a los fines legales consiguientes.-
EL JUEZ.

DR. VICTOR GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO.

ABG. RICHARS MATA

VGJ/yza.
EXP Nº 13216



JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintiséis (26) de febrero del dos mil cuatro (2004).

193° y l44°

Vista la diligencia de fecha 19 de febrero del año en curso, suscrita por el abogado LUISA IRENE CELIS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 21.761, actuando con carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual solicitó la devolución de los documentos originales contenidos en el presente expediente a los folios 11, 12, 13, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82, así como las copias certificadas de los folios 176, 184, 187, 188, 189, 201, 202 y 203, del presente expediente, el Tribunal en consecuencia, acuerda dicho pedimento, y ordena desglosar del presente expediente, los documento cursantes a los 11, 12, 13, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82 y entréguese a la parte interesada previa certificación por secretaría de los recaudos cursantes en original, e igualmente se ordena expedir las copias certificadas solicitadas, con la excepción de aquellas que por su naturaleza no puedan ser certificadas, todas de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y Artículo 1° de la Ley de Sellos. Cúmplase.-
EL JUEZ

DR. VICTOR GONZALEZ JAIMES.
EL SECRETARIO.

ABG. RICHARS MATA.
En la misma fecha NO se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente, por cuanto faltan los fotostatos
. EL SECRETARIO.
VGJ/yza.
Exp. N° 13540