REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintiséis (26) de febrero de dos mil cuatro (2004).
193º y 145º

Vista la diligencia que antecede, suscrita por el abogado JOSE ARMANDO VELAZCO, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, mediante la cual solicita al Tribunal remita la compulsa con la orden de comparecencia a l Juzgado de los Municipios Brión y Buroz del Estado Miranda, el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia de conformidad con lo establecido en el artículo 227 del Código de Procedimiento Civil se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado de los Municipios Brión y Buroz de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Higuerote, con la finalidad de que ese Tribunal se sirva practicar la citación ordenada. Líbrese Oficio y remítase compulsa junto con despacho al Tribunal comisionado.
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
VJGJ/Jenny
EXP N° 14229



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
AL
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BRION y BUROZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN HIGUEROTE.-
SE HACE SABER:
Que en el Juicio que por COBRO DE BOLIVARES sigue ante este Tribunal, la empresa SERVICIOS C. JUIZ y ASOCIADOS C.A., contra la ciudadana GINA VELASQUEZ GARCIA, que se sustancia en el Expediente N°.14229, que por auto de esta misma fecha y de conformidad con lo establecido en el artículo 227 del Código de Procedimiento Civil, Usted., ha sido amplia y suficientemente comisionado para practicar la citación de la parte demandada, ciudadana GINA VELASQUEZ GARCIA y a tal efecto se le remite la compulsa librada.
Que ha sido comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, para la práctica de la misma.-
Que se le faculta para sub-comisionar en caso necesario.-
Que la parte actora tiene como Apoderados Judiciales a los abogados en ejercicio ENRIQUE MIGUEL CARLOS HERRERA SILLA y JOSE ARMANDO VELAZCO RAMIREZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los N°s. 27.390 y 15.563, respectivamente.
Que la parte demandada no tiene apoderados judiciales debidamente constituidos.
Que una vez cumplida la misma se servirá devolver la original con sus resultas.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques a los veintiséis (26) días del mes de febrero del dos mil cuatro (2004).- AÑOS: 193º de la Independencia y 145º de la Federación.-
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES


EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA



VJGJ/Jenny
Exp. Nº. 14229

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-

Los Teques, 26 de febrero de 2004
193º y 145º
OFICIO No. 0855-332
CIUDADANO:
JUEZ DE LOS MUNICIPIOS BRION y BUROZ
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO MIRANDA CON SEDE EN HIGUEROTE
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a Usted, en la oportunidad de remitirle adjunto al presente oficio despacho y compulsa, librada en el Juicio que por COBRO DE BOLIVARES sigue por ante este Tribunal la empresa SERVICIOS C. JUIZ Y ASOCIADOS C.A contra la ciudadana GINA VELASQUEZ GARCIA, el cual se sustancia en el Expediente N°.14229 (Nomenclatura de este Tribunal), a fin de que se sirva darle cumplimiento al mismo, todo para lo cual ha sido comisionado amplia y suficientemente en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
Se le estima que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver original con sus resultas.-
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

VJGJ/Jenny
Exp. Nº. 14229
Anexo: Lo indicado