REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, veintiséis (26) de febrero de dos mil cuatro (2004).
193º y 145º

Consignadas como han sido las copias fotostáticas correspondientes, se da cumplimiento a lo acordado en el auto anterior. Cúmplase.-

EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABOG. RICHARS MATA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
EL SECRETARIO,
VJGJ/o
99-9058


El suscrito Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Los Teques, CERTIFICA: que los anteriores fotostatos son traslado fiel y exacto de sus originales que corren insertos en el expediente signado con el No. 99-9058, contentivo de la Solicitud que AUTORIZACION DE VENTA sigue la ciudadana MIRIAM ACEVEDO, las cuales fueron autorizadas por el Juez de este Tribunal, por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y Artículo 1º de la Ley de Sellos. En Los Teques, a los veintiséis ( 26 ) días del mes de febrero de dos mil cuatro (2004).- Años: 193º y 145º.-


EL SECRETARIO,

ABOG. RICHARS MATA


El suscrito Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Los Teques, CERTIFICA: que los anteriores fotostatos son traslado fiel y exacto de sus originales, los cuales fueron desglosados para ser devueltos a la parte actora. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y Artículo 1º de la Ley de Sellos. En Los Teques, a los veintiseis (26) días del días del mes de febrero de dos mil cuatro (2004).-


EL SECRETARIO,

ABOG. RICHARS MATA