REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, tres (3) de febrero de dos mil cuatro (2004).-
193° y 144°
Por cuanto el DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES, Juez Titular de este Despacho, se reincorporo a sus labores se AVOCA al conocimiento de la presente causa y vista las actas que conforman el presente expediente especialmente la diligencia de fecha 15 de diciembre de 2003, suscrita por la abogada LILI FUENTES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 82.215, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual solicita la Ejecución forzosa, este Tribunal por cuanto observa que se encuentra vencido el lapso para que la parte perdidosa diera el cumplimiento voluntario de la obligación, se decreta la EJECUCION FORZOSA de conformidad con lo establecido en el artículo 526 del Código de Procedimiento Civil y en consecuencia se decreta EMBARGO EJECUTIVO sobre el siguiente inmueble constituido por un lote de terreno y las construcciones que sobre el se encuentran, ubicado en la población de Tacarigua de Mamporal, Distrito Brión del Estado Miranda, Calle Redención, distinguida con el N° 18, con los siguientes linderos y medidas: NORTE: Que es su frente en una longitud de 12,00 mts, con la calle rendición; SUR: En una longitud de 12,00 mts, con posesión del señor que es o fue de Juan Bolívar; ESTE: En una longitud de 31,00 mts, con posesión de la familia Machado; OESTE: En una longitud de 31,00 mts, con casa que es o fue de Francisco Machado, cuyas bienhechurias consisten en dos construcciones de dos plantas y un solar que se encuentra en el mismo terreno, totalmente cubierto con piso de cemento industrial, paredes colindantes y red de cloacas, las cuales pertenecen exclusivamente a el inmueble, por haber sido construido por su propietario, Raimundo Orta Poleo. Para la práctica de la presente medida se comisiona suficientes al Juzgado Distribuidor Ejecutor de Medidas de los Municipios Acevedo, Brión, Buroz, Andrés Bello, Páez y Pedro Gual, de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda y sede en Caucagua, a quien se ordena librar despacho junto con oficio. Líbrese despacho junto con oficio y remítase al Juzgado comisionado, dejando constancia de lo actuado .
EL JUEZ
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/nr
EXP.N° 13690
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
AL
JUZGADO DISTRIBUIDOR EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ACEVEDO, BRIÓN, BUROZ, ANDRÉS BELLO, PÁEZ Y PEDRO GUAL, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA Y SEDE EN CAUCAGUA.
HACE SABER:
Que en el Juicio que por EJECUCIÓN DE TRANSACCION sigue ante este Tribunal la Empresa ADMINISTRADORA MULTICENTRO S.R.L., contra ANTONIO NAZARET VELÁSQUEZ GOMEZ, que se sustancia en el Expediente No.13690, Ud., este Tribunal por auto de esta misma fecha decretó el EMBARGO EJECUTIVO sobre el siguiente inmueble constituido por un lote de terreno y las construcciones que sobre el se encuentran, ubicado en la población de Tacarigua de Mamporal, Distrito Brión del Estado Miranda, Calle Redención, distinguida con el N° 18, con los siguientes linderos y medidas: NORTE: Que es su frente en una longitud de 12,00 mts, con la calle rendición; SUR: En una longitud de 12,00 mts, con posesión del señor que es o fue de Juan Bolívar; ESTE: En una longitud de 31,00 mts, con posesión de la familia Machado; OESTE: En una longitud de 31,00 mts, con casa que es o fue de Francisco Machado, cuyas bienhechurias consisten en dos construcciones de dos plantas y un solar que se encuentra en el mismo terreno, totalmente cubierto con piso de cemento industrial, paredes colindantes y red de cloacas, las cuales pertenecen exclusivamente a el inmueble, por haber sido construido por su propietario, Raimundo Orta Poleo.
Que ha sido comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, para la practica la medida decretada.-
Que se le faculta para sub-comisionar en caso necesario.
Que se faculta para nombrar depositario y perito y tomarles el Juramento de Ley
Que la parte actora tiene como apoderados judiciales a los Abogados en ejercicio RAIMUNDO ORTA POLEO, RAYMUNDO ORTA MARTINEZ, ROBERTO ORTA MARTINEZ, YACERMI SANABRIA QUERALES, MARIA ALEJANDRA PULGAR MOLERO y LILI FUENTES, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 7.982, 40.518, 63.275, 47.511, 60.060, 82.215, respectivamente.-
Que la parte demandada ciudadano ANTONIO NAZARET VELÁSQUEZ GOMEZ, se encuentra debidamente asistido por la abogada PATRICIA CASTRO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N ° 88.171.
Que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver la misma original con sus resultas.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques, a los tres (3) días del mes de febrero dos mil cuatro (2004).- AÑOS: 193º de la Independencia y 144º de la Federación.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/nr
EXP. N°13690
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.-
Los Teques, 03 de febrero de 2004
193° y l44°
OFICIO N° 0855-
CIUDADANO:
JUEZ DISTRIBUIDOR EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ACEVEDO, BRIÓN, BUROZ, ANDRÉS BELLO, PÁEZ Y PEDRO GUAL, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA Y SEDE EN CAUCAGUA.
SU DESPACHO.
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle adjunto al presente oficio y constante de tres (3) folios útiles, COMISION librada en el juicio que por EJECUCION DE TRANSACCIÓN sigue ante este Tribunal la Empresa ADMINISTRADORA MULTICENTRO S.R.L., contra ANTONIO NAZARET VELÁSQUEZ GOMEZ, que se sustancia en el Expediente signado con el N° 13690, a fin de que se sirva darle cumplimiento a la misma, todo para lo cual Ud., ha sido suficientemente comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes, estimándosele se sirva devolver original con sus resultas.
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VJGJ/nr
EXP. N° 13690