REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, tres (03) de febrero del año dos mil cuatro (2004).
193° y l44°.-
Se abre el presente cuaderno de medidas a los fines de proveer sobre la medida solicitada en fecha 27 de enero del 2004, por la parte actora en el presente juicio que por COBRO DE BOLIVARES sigue RINCÓN MOLINA Y ASOCIADOS C.A contra el ciudadano: DI PASCUALE IGNACIO, que se sustancia en el Expediente signado con el N° 14084.
EL JUEZ.-
DR. VICTOR GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO.
ABG. RICHARS MATA.-
.
VGJ/ yza
EXP. N°.14084
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, tres (03) de febrero del año dos mil cuatro (2004).
193° y l44°.-
Vista la diligencia de fecha 27 de enero del año en curso, suscrita por la abogada GILDA MARIA DE AVEIRO DOS SANTOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 56.587, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, y el pedimento en la misma contenido, este Tribunal en consecuencia, y a los fines de proveer la medida solicitada, ordena abrir Cuaderno de Medidas por auto separado. Cúmplase.-
EL JUEZ.-
DR. VICTOR GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO.
ABG. RICHARS MATA.-
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado anteriormente.-
EL SECRETARIO .
VGJ/ yza
EXP. N°.14084.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
AL
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PAEZ, ANDRES BELLO, Y PEDRO GUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO MIRANDA Y SEDE EN RIO CHICO.-
HACE SABER:
Que en el Juicio que por COBRO DE BOLIVARES sigue ante este Tribunal RINCÓN MOLINA Y ASOCIADOS C.A contra el ciudadano: DI PASCUALE IGNACIO, que se sustancia en el Expediente No. 14084, Ud., ha sido suficientemente comisionado para practicar la citación de la parte demandada, y a tal efecto se le remite la compulsa librada.-
Que ha sido comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, para la practica de la misma.-
Que se le faculta para sub-comisionar en caso necesario.-
Que la parte actora tiene como apoderado judicial a los Abogados en ejercicio GILDA MARIA DE AVEIRO D Y ANA CAROLINA MOLINA B, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 56.587 Y 45.179, respectivamente.-
Que la parte demandada no tiene apoderado judicial debidamente constituido.
Que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver original con sus resultas.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques a los tres (03) días del mes de febrero del dos mil cuatro (2004).- AÑOS: 193º de la Independencia y 144º de la Federación.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/yza
EXP. N°14084
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.-
Los Teques, 03 de febrero del 2004
193° y l44°
OFICIO N° 0855-
CIUDADANO:
JUEZ DE LOS MUNICIPIO PAEZ, ANDRES BELLO
Y PEDRO GUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO MIRANDA.
CON SEDE EN RIO CHICO.
SU DESPACHO.
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, comisión que se le ha sido conferida, a los fines de que se practique la citación del ciudadano: DI PASCUALE IGNACIO, parte demandada en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES sigue RICON MOLINA Y ASOCIADOS C.A, según expediente N° 14.084. Para lo cual ha sido amplia y suficientemente comisionado para practicar la misma. Estimándosele que una vez cumplida se devuelva original con sus resultas. Remisión que se le hace a los fines legales conducentes.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VJGJ/yza
EXP. N° 14084
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, tres (03) de febrero de dos mil cuatro (2004).-
193º y 144°
Vista la diligencia de fecha 27 de enero del año en curso, suscrita por la abogada GILDA MARIA DE AVEIRO DOS SANTOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 56.587, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora y el pedimento en la misma contenido, se acuerda de conformidad lo solicitado, en consecuencia se ordena comisionar al Juzgado de los Municipios Páez, Andrés Bello y pedro Gual de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Río Chico, a los fines de que se practique la citación del ciudadano IGNACIO DI PASCUALE, parte demandada, a quien se ordena librar despacho y remitir junto con oficio compulsa.- Líbrense oficio junto con despacho al Juzgado comisionado, y déjese constancia de lo actuado.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO ,
ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/yza
EX. N° 14084