REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
-JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, cuatro (04) de febrero de dos mil cuatro (2004).-
193º y 144º
Vista la diligencia anterior de fecha 26 de enero de 2004, estampada por el abogado JOSE MANUEL FERMENAL, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual consigna ampliación de las pruebas, constante de Inspección Judicial efectuado en el inmueble objeto de la querella, el Tribunal la Admite cuanto ha lugar en derecho. Por cuanto de la Inspección Judicial y del Justificativo de Testigos acompañados a la referida demanda, hay constancia del despojo que dice haber sufrido la parte querellante, ciudadano JOSE DEL ROSARIO ARCILES MENDOZA, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 699 del Código de Procedimiento Civil, le exige la constitución de una garantía hasta por la cantidad de UN MILLON DE BOLIVARES (Bs. 1.000.000,oo), que comprende el doble de la cantidad estimada en el escrito querellal, más la cantidad de CIENTO VEINTICINCO MIL BOLIVARES (Bs.125.000,oo), en costas prudencialmente calculadas por el Tribunal en un 25%, para responder de los daños y perjuicios que pueda causa su solicitud en caso de ser declarada sin lugar, y una vez constituida, el Tribunal proveerá por auto separado.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA.
VJGJ/lisbeth
Exp. Nº 14080