REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, seis (06) de febrero de dos mil cuatro (2004).-
193º y 144º
Vista la demanda que antecede, este Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. Emplácese a la parte demandada, ciudadanos FERMIN GONZALEZ GORRIN Y PEDRO ROBERTO RUIZ GAMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos.10.828.084 y 1.852.709, respectivamente, a objeto de que comparezcan por ante este Tribunal dentro de los veinte días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la última citación de los demandados, más un (1) día de término de distancia, a dar contestación a la demanda. Se ordena compulsar dos (2) copias del libelo de la demanda y su auto de admisión con certificación de su exactitud y junto con su orden de comparecencia al pie para la contestación a la demanda, entréguese al Alguacil del Tribunal encargado de practicar tales actuaciones. Las certificaciones se hacen de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1º de la Ley de Sellos. En cuanto a la medida solicitada el Tribunal proveerá por auto en cuaderno separado.
EL JUEZ,
EL SECRETARIO,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado por cuanto no fueron consignados los fotostatos.
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
VJGJ/lisbeth