REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, seis (06) de febrero del año dos mil cuatro (2004).
193° y 144°.-

---Vista la diligencia de fecha tres (03) de febrero de 2004, suscrita por el ciudadano LUIS A. RONDON GONZÁLEZ, asistido en este acto por el abogado en ejercicio JOSE SALAZAR MARVAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.064, en su carácter de autos y así como la solicitud en la misma contenida, el Tribunal lo acuerda de conformidad y ordena expedir copias certificadas solicitadas, así como de la diligencia y del presente auto que provea las copias solicitadas de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y Artículo 1° de la Ley de Sellos. Cúmplase.-

EL JUEZ


DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

EL SECRETARIO,


ABOG. RICHARS MATA.

--En la misma fecha no se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.

EL SECRETARIO,


ABOG. RICHARS MATA



VJGJ/eliana
Solicitud Nº 1825


El suscrito Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, CERTIFICA: Que los anteriores fotostatos son traslados fiel y exacto de sus originales, los cuales corren insertos en el Expediente Nº 1825, contentivo de la solicitud de TITULO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por los ciudadanos RONDON GONZALEZ LUIS ALBERTO Y RONDON BUELVAS NESTOR ALONSO. Los cuales fueron autorizados por el Juez de éste Tribunal, por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el Artículo 1º de la Ley de Sellos.- Los Teques, seis (06) de febrero de dos mil cuatro (2004).-

EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA