REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, seis (06) de febrero de dos mil cuatro (2004).
193º y 144º
Vistas las actuaciones que conforman el presente expediente, especialmente la diligencia suscrita en fecha 29 del mes próximo pasado, por la abogada en ejercicio MARIA GEORGINA HERNANDEZ ANDARA, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual consigna recibo de pago debidamente notariado, donde consta que fue cumplida la obligación en el presente juicio, y solicita sea levantadas las medidas sobre el inmueble y el archivo del expediente, ya que nada queda debiendo el demandado a su representado por este ni por ningún otro concepto. Al respecto este Tribunal observa: Si bien es cierto, que la parte demandada, ha pagado la cantidad adeudada a la parte actora, tal y como se evidencia del documento autenticado por ante la Notaría Pública del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, anotado bajo el No. 088, Tomo 150, de fecha 23 de diciembre de 2003, en los libros de autenticaciones llevados por ésa Notaría, razón por la cual solicitan el levantamiento de las medidas que recaen sobre el inmueble objeto del presente procedimiento de ejecución de hipoteca, no es menos cierto, que en autos no consta la cancelación de los emolumentos, tasas y gastos que adeudan a la depositaria judicial designada, razón por la cual este Tribunal se abstiene de levantar las medidas que pesan sobre el inmueble de autos, hasta tanto conste en autos la cancelación de los emolumentos a la Depositaria Judicial F.M. C.A. Y así se resuelve.
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
VJGJ/ag