REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES
Los Teques, 11 de Febrero de 2004
193° y 144°
Causa N° 3C-26776/03
Juez: Dra. Rosa Elena Rael Mendoza
Secretaria: Abg. Gabriela Peña González
Fiscal Auxiliar 1° del Ministerio Público: Dra. Mónica teresa Brito Marín
Víctima: Rondón Rojas Euclides José
Imputado: Cartaya Julio Erasmo
Defensa Pública: Dra. Maritza Materan
Delito: Homicidio Intencional; previsto y sancionado en el articulo 407 del Código Penal
DECISIÓN:
Con fuerza en la motivación precedente este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud de copias presentada por la ciudadana: ciudadana CARMEN VARGAS, titular de la cédula de identidad N° V-12.762.456, en virtud de su carencia de asistencia técnica debida; lo cual viola el contenido de lo dispuesto en los artículos 4 y 6 de la Ley de Abogados, así como lo establecido en el artículo 12 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual consagra el Principio del derecho a la Defensa e igualdad entre las partes; y lo previsto en el artículo 49 numeral 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; razón por la cual este Tribunal se abstiene de expedir las copias solicitadas -
Notifíquense a la solicitante de la presente decisión, conforme al único aparte del Artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Regístrese, publíquese y déjese copia. Cúmplase.-
La Juez de Control N° 3
Dra. Rosa Elena Rael Mendoza
La Secretaria
Abg. Gabriela Peña González.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
La Secretaria
Abg. Gabriela Peña González.
Causa Nº 3C 26776-03
RERM/GPG/lola.-