REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 09 de Febrero de 2004.

DISPOSITIVA
ESTE TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE.- PRIMERO: DECLARA ILEGAL LA DETENCION del ciudadano: MEZONES MANGARRE JOSE RAFAEL, de nacionalidad venezolano, natural de Caracas, de 22 años de edad, soltero, nacido el día 25/011/81, de profesión u oficio despachador del cafetín del Hospital Victorino Santaella, manifestó ser titular de la Cédula de Identidad N° V-15.605.439 y con residencia en el Sector Matica Abajo callejón el Carmen casa Nro. 06, cerca de la panadería Máximo. Los Teques Estado Miranda, Teléfono 321.10.44, hijo de Graciela de Mezones (v) y José Rubén Mezones (v) y en consecuencia SE ORDENA SU INMEDIATA LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 ordinal 1, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Líbrese Boleta de Excarcelación. SEGUNDO: Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. TERCERO: Se acuerda que la presente causa se siga por los trámites del procedimiento penal ordinario de conformidad con lo previsto en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: Se insta al Fiscal del Ministerio Público a practicar el correspondiente examen toxicológico al imputado.
Regístrese, Publíquese y Diaricese
El Juez

JULIAN GREGORIO HURTADO LOZANO.


La Secretaria

ABG. GABRIELA PEÑA GONZALEZ


Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.


Nº 4C-29455/04